Benitez Sergio Alejandro-rodriguez Hector Fabian-rodriguez Samuel Rodrigo-ubeda Florencia Soledad S/hurto

Fecha de disposición01 Agosto 2011
Fecha de publicación01 Agosto 2011
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32203

Lunes 1 de agosto de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.203 29

Gaeta, en la causa Nro. 5041 caratulada “Miño Lorena Rosa Claudia y Otros s/Inf. Ley 22362 y 11723”, cita y emplaza por el término de cinco dÃas -conf. art. 150 del C.P.P.N.- a Rosa Aidée Arnagurà Reyes -Pasaporte peruano N'º' 1625094, para que comparezca ante este Tribunal, a los efectos de prestar declaración indagatoria, (conf. art. 294 del CPPN), y cumplimentar la ley 22117 respecto del nombrado, bajo apercibimiento de ordenar su paradero y comparendo compulsivo en caso de no concurrir a primera audiencia al llamamiento judicial.

San MartÃn, 7 de julio de 2011.

MarÃa Elisa Gaeta, secretaria.

e. 26/07/2011 N'º' 90409/11 v. 01/08/2011 %@% JUZGADO FEDERAL DE 1A INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2

LOMAS DE ZAMORA BUENOS AIRES Por ante este Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N'º' 2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida N'º' 662, de la localidad de Lomas de Zamora, SecretarÃa N'º' 6, a cargo del Dr. José Luis D’Abondio, tramita la causa nro. 6.225, caratulada “Torres Damián Andrés”, en la que se resolvió notificar al Sr.

Torres Damian Andres, D.N.I. nro. 40.381.619, con último domicilio conocido en la calle Recondo nro. 1558, localidad de Ingeniero Budge, Partido de Lomas de Zamora, pcia. de Buenos Aires, que deberá comparecer a la sede de estos estrados, a fin de prestar declaración indagatoria, en el marco de la presente causa y en orden al delito previsto y reprimido por el art. 277 inciso 1 apartado “C” agravado por el inciso 3 apartado “b” del Código Penal, conforme lo normado por el art. 294 del C.P.P.N, dentro del quinto dÃa a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su captura (art. 288, 289 y c.c. del C.P.P.N), haciéndole saber el hecho que se le atribuye: Habérsele secuestrado el dÃa 08 de septiembre del año próximo pasado siendo aproximadamente las 18:00 horas, circunstancias en la que personal de GendarmerÃa Nacional Argentina realizaban un control vehicular y de personas en la intersección de las calles Recondo y Colectora de Camino Negro, de este medio, observan el desplazamiento de una motocicleta de marca Gilera Smash, dominio 817-CNA, conducida por una persona de sexo masculino, al que proceden a detener su marcha a los fines de que exhiba los papeles correspondientes de la motocicleta, quien se identifica como Torres Damián Andrés, exhibiendo la documentación de la moto mencionada, en la que se constata que el nombrado no es titular de la misma, por lo que procede personal de la GendarmerÃa Nacional a solicitar antecedentes conforme el dominio 817-CNA, en la base de datos de la fuerza, arrojando como resultado pedido de secuestro activo desde fecha 24 de junio de 2010, solicitado por la Seccional 9na de la PolicÃa Federal Argentina.

Dado, sellado y firmado en la Ciudad de Lomas de Zamora, a los 4 dÃas del mes de julio del año 2011.

Carlos Alberto Ferreiro Pella, juez federal.

José Luis D’Abondio, secretario federal.

e. 26/07/2011 N'º' 90536/11 v. 01/08/2011 %@% Por ante este el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nro. 2 de Lomas de Zamora a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida nro. 662, SecretarÃa “C” a cargo del Suscripto, tramita la causa nro. 137 caratulada “Válido Jorge Norberto y González Claudio Daniel, s/Pta. Inf. Art. 296 del C.P.” en la que se resolvió citar y emplazar al Sr. Claudio Daniel González, D.N.I. nro.

17.853.410, para que comparezca a prestar declaración indagatoria, a tenor de lo normado por el art. 294 del C.P.P.N., por ante estos estrados, el dÃa 10 de agosto de este año en curso, a las 09:30' hs., bajo apercibimiento de declararse su rebeldÃa y ordenarse su captura (art. 288, 289 y cc. del C.P.P.N). Como recaudo y a continuación se transcriben las partes pertinentes de los autos que asà lo ordenan:

En virtud de desconocerse el paradero del causante de autos Claudio Daniel González, publÃquense edictos en el BoletÃn Oficial, por el término de cinco (5) dÃas (art. 150 del C.P.P.N), a los fines de poner en su conocimiento que deberá comparecer el dÃa 10 de agosto del corriente año, a las 09:30' hs., bajo apercibimiento de declararse su rebeldÃa y ordenarse su captura, de acuerdo a lo ordenado a fs.' 79 (art. 288, 289 y cc. del C.P.P.N). Para mejor proveer trascrÃbanse los proveÃdos lucientes a fs.' 56 y 79. A tales efectos ofÃciese al BoletÃn Oficial adjuntándose el correspondiente edicto y solicitando la remisión de los ejemplares de los números de ese BoletÃn en que se hagan efectivas las publicaciones para ser agregado a estos obrados.”. Fdo.: Carlos Alberto Ferreiro Pella -Juez Federal- Ante mi: Maximiliano A.

L. Callizo -Secretario Federal-”. “///mas de Zamora, 13 de mayo de 2011. Por recibidas las actuaciones labradas por la A.F.I.P., agréguense, téngase presente el domicilio fiscal aportado respecto de Claudio Daniel González y en virtud de la incomparecencia de Jorge Norberto Válido, desÃgnense nuevas audiencias para los dÃas 10 y 11 de agosto del corriente año, a las 09:30' hs., respectivamente, en los mismos términos que lo decretado a fs.' 56. NotifÃquese y ofÃciese, según corresponda”. Fdo.: Carlos Alberto Ferreiro Pella -Juez Federal- Ante mi:

Maximiliano A. L. Callizo -Secretario Federal.-” ///-mas de Zamora, de febrero de 2011. Por recibido el informe labrado por la Cámara Nacional Electoral, agréguese y téngase presente lo informado. Existiendo motivo bastante para sospechar que González Claudio Daniel y Jorge Norberto Válido han incurrido en las conductas previstas y reprimidas por los arts. 292 y 296 del C.P., desÃgnense audiencias para los dÃas...

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