Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Septiembre de 2008, expediente 613/07

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2008

Poder Judicial de la Nación ta, 11 de septiembre de 2008.-

AUTOS Y VISTA:

Esta causa n° 613/07 "BENITEZ, H.A. s/

Infracción a la ley 23.737", con trámite en el Juzgado Federal de Orán (Expte.

n° P 386/07), y CONSIDERANDO:

  1. Que la señora F.F.A.H. interpuso recurso de apelación en contra del punto II) del auto de fs. 57/61 vta. por el que se dictó el sobreseimiento en la presente causa en favor de H.A.M.B..-

  2. Que se iniciaron estas actuaciones con el informe de fs.

    1 rubricado por el cabo 1°F.D. con revista en la Comisaría Seccional N° 42 de la Policía de la provincia, dando cuenta de que el día 10

    de mayo de 2007 siendo las 02:50 hs. aproximadamente, en circunstancias en que se efectuaba un patrullaje de rutina en la ciudad de Tartagal, el personal policial detectó a dos personas que se encontraban en la intersección de las calles 12 de Octubre y B.. Luego se constató que en el piso se encontraban tirados seis envoltorios de papel metalizado tipo "ravioles", tres envoltorios de los denominados "pipas", un cartucho de papel para armar cigarrillos, dos envoltorios conteniendo una sustancia vegetal disecada y la suma de $ 1.974.

    Acto seguido se dio intervención a personal de la Brigada de Drogas Peligrosas que procedió a realizar la correspondiente prueba de orientación que arrojó -en el caso del contenido de los envoltorios de papel metalizado- la presencia de cocaína y resultado negativo respecto a la existencia de marihuana en los otros dos envoltorios.

  3. Que el señor F. General S. al expedirse de acuerdo con lo dispuesto por el art. 454 del Código de Forma, sostuvo que la Fiscal Federal Ad hoc se agravió con la calificación legal realizada por el a quo al considerar que el magistrado sobreseyó al imputado por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal sin que se le efectuara el examen mental correspondiente ni se determinara su grado de adicción,

    omitiendo por otra parte la valoración de las circunstancias de hecho, como los testimonios de vecinos que se consignan en el informe ambiental de fs.

    22/24, el secuestro de la suma de $ 1.974 en billetes de baja denominación y la tenencia del estupefaciente por parte del encausado, todo lo cual permitiría afirmar que se encontraría incurso en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. "c" de la ley 23.737.

    En ese orden de ideas, expresó que el delito de tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización, requiere de...

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