Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 10 de Noviembre de 2022, expediente COM 012376/2022/CA001

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

12376/2022 - BENEGAS, O.L. c/ CAJA DE SEGUROS S.A.

s/ORDINARIO

Juzgado N°15 - Secretaría N°29

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. La parte demandada apeló la resolución de fs. 123 mediante la cual se desestimó su excepción de falta de personería. El memorial de fs.

    127/130 fue respondido a fs. 132/134.

  2. La defensa de falta de personería se verifica cuando existe deficiencia de representación suficiente de quienes comparecen al proceso en nombre de los representados. Esta falta de representación concurre cuando quien se presenta como actor o demandado por un derecho que no le es propio, omite acompañar con su primer escrito los documentos que acreditan el carácter que invoca; la representación defectuosa se evidencia cuando quien la otorga lo hace en una calidad inadecuada a la finalidad de aquélla,

    careciendo el mandatario de capacidad para actuaren tal carácter, o el documento acompañado para acreditar la personería aparece desprovisto de los correspondientes requisitos legales (Palacio, Lino, “Derecho Procesal Civil”, t. IV, p. 96 y ss).

    En el caso no hay discusión en relación a la calidad de consumidor del demandante (v. demanda a fs. 2/30). De tal modo le resulta de aplicación la norma contenida en la ley 24.240:53 que establece que quienes ejerzan las acciones previstas en esta ley representando un derecho o interés individual, podrán acreditar mandato mediante simple acta poder en los términos que establezca la reglamentación.

    En tanto quien se presentó en calidad de mandatario del actor lo hizo mediante la “carta poder” obrante a fs. 31/51, con firmas certificadas mediante escribano público, cabe refrendar lo decidido en cuanto al rechazo de la excepción opuesta.

    Fecha de firma: 10/11/2022

    Alta en sistema: 11/11/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    ...

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