Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 28 de Diciembre de 2018, expediente COM 022507/2012/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

22507 / 2012 B.N.G. c/ ORGANIZACION VERAZ

S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

Juzg. 8 S.. 16 13-14-15

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2018.-

Y VISTOS:

I.Toda vez que no se dio cumplimiento a lo previsto por el CPr. 259, declárase desierto –en los términos del art. 266 del mismo cuerpo legal-, el recurso interpuesto a fs. 327 por la co-demandada “ORGANIZACIÓN

VERAZ S.A.”.

II.Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, así como la naturaleza y monto del proceso -computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (conf. argumentos desarrollados por este tribunal en pleno en la causa “Banco del Buen Ayre S.A.”,

del 29/12/94)-, se elevan a CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA

PESOS ($ 5.730) los honorarios regulados a favor del doctor E.N.B. por su actuación como letrado patrocinante de la parte actora –considerando su renuncia a fs. 182 y que reasumió a fs. 207 hasta su renuncia Fecha de firma: 28/12/2018

Alta en sistema: 06/03/2019

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA 22507/2012

Expte. N°

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

Pág. 1

Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA

definitiva a fs. 222 (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7,

19, 37 y 38).

N. y...

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