Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 19 de Mayo de 2016, expediente FLP 004340/2016/CA001

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 4340/2016/CA1 Plata, 19 de mayo de 2016.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en el presente expediente n° FLP 4340/2016/CA1 (7778/I) caratulado: “S., D.

sobre habeas corpus”, procedente del Juzgado Federal n° 2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 15/16 por el Defensor Oficial Coadyuvante, doctor A.S., en representación de S.D., contra la resolución de fs. 12/13 a través de la cual el a quo dispone declarar la incompetencia del juzgado a su cargo para seguir entendiendo en las presentes actuaciones y remitirlas al Presidente del Tribunal Oral en lo Penal Económico nº

    3 de Capital Federal. A fs. 23/28 vta. se encuentra agregado el escrito de mejora de fundamentos del Defensor Público Oficial, doctor N.T. (art. 20 de la ley 23.098).

    Al presentar el recurso de apelación, la defensa oficial de D. se agravia al sostener que “el artículo 10 de la ley 23.098 prevé la oportunidad en la que el Sr. Juez podrá declarar la incompetencia, esto es, luego de celebrada la audiencia prevista por el artículo 9 de la citada norma, debiendo, en tal caso, elevar de inmediato la resolución en consulta a la Cámara de Apelaciones”. Entiende, en consecuencia, que la declaración de incompetencia decretada resulta improcedente y extemporánea por lo que solicita la revocación de dicha decisión, ordenando la prosecución de la tramitación de la presente acción en el juzgado de origen.

  2. El expediente se inicia a partir de la presentación efectuada por la Defensora Pública Oficial, doctora J.E.C., a través de la cual pone de manifiesto que el interno Y.K. se comunicó telefónicamente con la Defensoría a su cargo y le hizo Fecha de firma: 19/05/2016 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA #28147372#153658869#20160520135207657 saber que la esposa del interno S.D., alojado en el Complejo Penitenciario Federal nº I de Ezeiza, le envió al nombrado, a mediados del mes de febrero, una encomienda con nº de envío …-

    Registro Nacional nº …. Una vez retirada la mencionada encomienda del Correo Argentino, se pudo determinar que “el destinatario tenía nombre femenino y que provenía de la Federación Rusa”, advirtiéndose que había una “confusión...

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