Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 15 de Febrero de 2019, expediente FPO 015128/2018/CA001
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 15128/2018/CA1 Posadas, a los 15 días del mes de febrero de 2019.
Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO
15128/2018/CA1, caratulado: “M., Karina Noemí Habeas
Corpus”
CONSIDERANDO: 1) Que las presentes actuaciones arriban
al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del
pronunciamiento que luce incorporado a fs. 31/32 y vlta. a tenor del
cual el Magistrado de la Instancia en el acápite I desestimó la acción
de Habeas Corpus presentada por la Dra. R. en
representación de su defendida M. y elevó en consulta conforme
lo prevé el art. 10 de la Ley 23.098, véase acápite IV.
2) Que habiéndose analizado los motivos que originaron la
presente vía de cara a las constancias incorporadas de cara y los
fundamentos desarrollados por el Sr. Juez, se procedió a constatar el
lugar actual de detención de la imputada K. N. M.,
confirmándose que la nombrada se encuentra alojada en la Unidad de
Resguardo dependiente de la Regional Nº 1 de I., ello
conforme surge del informe actuarial de fs. 39.
Asimismo se comisionó a la Dra. M. –integrante
del Cuerpo Médico Forense de esta Tribunal a los fines de que
verifique el estado de salud actual de la imputada K. N. M.,
según consta a fs. 40, siendo ello cumplimentado a fs. 41/42.
3) Que en primer término hemos de señalar que los planteos
relacionados al traslado de la imputada a un nuevo lugar de detención
acorde a su condición de mujer y que se encuentre más próximo a sus
familiares han obtenido debida respuesta, ello de cara a las
constancias de fs. 38/39, tornándose lo peticionado en ese aspecto
abstracto como bien lo indicó el Magistrado a fs. 32, por lo cual
procedemos a confirmar lo resuelto en ese sentido.
4) Que sobre los aspectos vinculados al estado de salud de
K., señalamos que atento a lo informado por la
Fecha de firma: 15/02/2019 Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.S., C. Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CÁMARA #33057157#226880890#20190215065749847 Dra. M. –fs. 41– como así también de lo exteriorizado
por la interna M., este Tribunal estima conveniente que el
Magistrado aquo arbitre los medios pertinentes a los fines de que se
ordene y efectivice el traslado de la interna M. hasta el Hospital
Escuela de Agudos “Dr. R.” a los efectos de que se
realice interconsultas con los Servicios de Ginecología,
Traumatología y Odontología y se le brinde de esta manera...
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