Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 14 de Febrero de 2019, expediente FGR 001001/2019

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 14 de febrero de 2019.

VISTOS:

Estos autos caratulados M., A.J. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 1001/2019), venidos del Juzgado Federal de Neuquén N°2, Secretaría N°2; y CONSIDERANDO:

Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al rechazar el Juzgado Federal mencionado la acción presentada por el titular de la Defensoría Pública Oficial N°2 ante los Juzgados Federales de Primera Instancia de Neuquén en favor del arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición conjunta del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén y del Tribunal en lo Criminal N°2 de Mercedes, provincia de Buenos Aires.

Que mediante la presentación de fs.4 y vta., el defensor indicó que el 11 de febrero pasado recibió de parte de su par ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, un escrito en el que ponía en su conocimiento que no se le estaba proveyendo la atención médica que requería su defendido en relación con su padecimiento de hipertensión y diabetes y que, concretamente, no le estaban suministrando “enalapril” para la hipertensión ni tampoco “metamorfina” ni “atorvastatina” para la diabetes. Agregó que tampoco se le entregó un aparato llamado “Hermoglucotex” que le permitía realizarse los controles diarios de los niveles de glucosa, por lo que al poder importar la situación denunciada un agravamiento en las condiciones de detención de M., solicitó

que se fijase la audiencia del art.9 de la ley 23.098.

Fecha de firma: 14/02/2019 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —1—

Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA #33125174#226659848#20190214134445123 Asimismo del oficio agregado a fs.1 y del manuscrito de M.

acompañado a fs.2/3 se desprende que, además de las circunstancias supra referidas, el nombrado habría sido víctima de tratos vejatorios durante las requisas por parte de personal penitenciario.

Que a fs.5 consta una certificación actuarial del juzgado de origen de la que se desprende que, el día 12/02/2019, se entabló una comunicación telefónica con el Secretario del Tribunal Oral Federal de Neuquén, doctor V.C., quien hizo saber que M., como también su defensa, habían...

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