Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 6 de Noviembre de 2018, expediente FLP 090444/2018/CFC001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

C.F.C.P. -Sala-

FLP 90444/2018/CFC1 -

LOBO, DALMA EMILCE S/ HABEAS CORPUS

Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 1329/18 Buenos Aires, seis de noviembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Oficial, J.E.C., en esta causa nº FLP 90444/2018/CFC1, caratulada: “LOBO, D.E. s/ Habeas corpus”; de la que RESULTA:

  1. Que la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, provincia de Buenos Aires, confirmó la decisión adoptada por el magistrado de la instancia anterior y rechazó la acción de habeas corpus interpuesta en favor de D.E.L. (cfr. fs.

    10/11vta. y 4/7vta., respectivamente).

  2. Que contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación (cfr. fs. 21/25), el que fue concedido (fs. 28/vta.).

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces D.G.B. y D.A.P. dijeron:

  3. Llegan los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Oficial, J.E.C., contra la decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, en que confirmó el rechazo del habeas corpus interpuesto en favor de D.E.L..

    La defensa sostuvo que la situación de detención de su defendida se encontraba agravada ilegítimamente Fecha de firma: 06/11/2018 1 Alta en sistema: 07/11/2018 Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #32230651#220837570#20181107115640267 debido a la restricción salarial en concepto de menos horas trabajadas, circunstancia que afectaba su derecho al trabajo y una remuneración justa.

    Expuso que en tanto no fue sustanciado pedido de informe alguno al Complejo Penitenciario Federal, la decisión recurrida impedía a su asistida el acceso a la tutela judicial efectiva de conformidad con los postulados de la Ley 24.660 y agregó, que la situación denunciada quedaba enmarcada en las previsiones de una acción como el habeas corpus, que ponga fin al acto lesivo.

  4. Sentado lo precedentemente expuesto, entendemos que la vía intentada es inadmisible, toda vez que la situación planteada en el caso bajo análisis no encuadrada dentro de las hipótesis contempladas en el artículo 3º de la ley 23.098.

    En efecto, la decisión de primera instancia –

    luego confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata-, señaló que la acción...

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