Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 17 de Diciembre de 2019, expediente FGR 027512/2019

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 17 de diciembre de 2019.

VISTOS:

Estos autos caratulados “A., L. A. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 27512/2019), venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°2; y, CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al declarar el juzgado de origen su incompetencia respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que, en su manuscrito cuya copia luce agregada a fs.1/2vta., A. manifestó –en prieta síntesis-

    que interpuso la presente acción contra “las áreas de Social, Médica y Criminológica” del CPF V, debido a que éstas le solicitan que cumpla con el tratamiento del POS (Programa para Ofensores Sexuales) “pero ellos no cumplen con la Fase 1 del (POS) y dicen que yo estoy en falta pero el (POS) no respeta el protocolo del tratamiento y me dicen que mi concepto va a ser afectado el próximo trimestre, lo tengo que tomar como amenaza”, circunstancia que consideró un agravamiento de su detención. Por último solicitó la asistencia técnica de un defensor.

  3. Que, a fs.3/vta. se agregó un informe técnico del que surge el historial criminológico de A., sus calificaciones, fase en la que se encuentra, que no Fecha de firma: 17/12/2019 Alta en sistema: 19/12/2019 registraba sanciones y que se hallaba afectado al taller de Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA #34447199#252568307#20191219080009686 fajina. Asimismo, se indicó que reunía las condiciones para iniciar -como alumno regular- el ciclo lectivo 2020 en el tercer año del nivel medio. En otro orden, se informó que se encontraba bajo tratamiento psicológico en la “Fase I del POS”, que tenía buena asistencia pero “escaso compromiso terapéutico”, ciertas dificultades en relación con el abordaje del delito por él cometido y, con respecto a la ejecución de la pena, denotaba escasa adherencia terapéutica y cumplimiento parcial con su Programa de Tratamiento Individual, solicitándosele mayor compromiso tanto en el tratamiento...

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