Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 3 de Agosto de 2018, expediente FGR 026379/2018

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca Genera Roca, 03 de agosto de 2018.

VISTOS:

Estos autos caratulados “L., C.D. s/ habeas corpus (Expte. N° FGR 26379/2018), venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1; y, CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al rechazar, por un lado, y declarar el Juzgado de origen su incompetencia, por otro, respecto de la presentación efectuada en favor del arriba nombrado a fs.1/2, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa, en donde permanece alojado a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°19 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que, mediante la referida presentación de fs.1/2, la defensora pública coadyuvante ante la Unidad de Actuación para supuestos de Flagrancia N°27 en el marco de la causa Nº744391/2017 del registro del TOCC Nº19, doctora L.I.A., interpuso la presente acción de habeas corpus en favor de C.L., a fin de evitar un “agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención” y proteger su integridad física, mediante una decisión que asegurase su traslado a otra unidad penitenciaria “preferentemente del ámbito de la provincia de Buenos Aires” y se le proporcionase atención médica.

    Tras ello, explicó, que L. se había comunicado en forma telefónica y manifestado que desde el día domingo 29 de julio el personal de requisa de la unidad donde se encontraba alojado lo convoca, lo saca de su lugar de alojamiento y lo golpea, diariamente. A ello añadió que el jefe de turno —cuyo nombre aportó— le expresó “dejá de hacer denuncias” (sic).

    Fecha de firma: 03/08/2018 Alta en sistema: 06/08/2018 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA #32297853#212418384#20180806125856265 Detalló que lo habían golpeado en distintas partes del cuerpo con palos, razón por la cual se encontraba lastimado en su cabeza, costillas, espalda y con los pies hinchados “atento a que lo tiraron al piso atado de pies y esposado …lo golpearon en la pierna en la que tiene un bypass femoral, en el lado opuesto a dicha cicatriz”. En ese sentido, refirió que L. le había indicado que tenía mucho dolor en diversas partes de su cuerpo y que no se le había proporcionado “medicación ni atención médica”.

    Por otra parte, señaló...

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