Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 16 de Marzo de 2022, expediente FTU 007299/2021/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

7299/2021 - BENEFICIARIO: JUAREZ, H.F. Y OTRO s/HABEAS

CORPUS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, de 2022.

AUTOS Y VISTOS: La elevación en consulta de la presente acción de habeas corpus deducida por H.F.J.; y CONSIDERANDO

  1. Que los presentes autos son elevados en consulta a este Tribunal, atento lo resuelto por el Magistrado a cargo del Juzgado Federal N° 2 de S.d.E., mediante su resolución de fecha 17 de febrero de 2022, que en su parte pertinente, dispone rechazar in limine la acción de habeas corpus interpuesta por H.F.J. (conf. art. 10 de la ley 23.098).

  2. Que en esta instancia, se corre vista de las actuaciones al Sr. F. General ante Cámara, quien se expide solicitando la revocación de la resolución elevada en consulta y que sea dispuesto convocar a la audiencia, prevista en el art. 14 de la ley 23.098, a la que deberán concurrir el Sr. J. y los representantes de la Policía de S.d.E., la Policía Federal Argentina y Gendarmería Nacional a exponer sus posiciones. Desarrolla en extenso su planteo con citas de jurisprudencia en aval de su postura.

    Fecha de firma: 16/03/2022

    Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

    1

    Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    7299/2021 - BENEFICIARIO: JUAREZ, H.F. Y OTRO s/HABEAS

    CORPUS

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

  3. Que previo a resolver la cuestión traída a examen,

    este Tribunal entiende que corresponde efectuar las siguientes consideraciones:

    Las presentes actuaciones se iniciaron con de la acción de habeas corpus, deducida en fecha 03/12/21, por el ciudadano H.F.J., con domicilio en la ciudad de La Banda,

    provincia de S.d.E., quien motivó su pedido en que vendría “..siendo objeto de una persecución por parte de la Policía Federal, Provincial y Gendarmería Nacional desde hace aproximadamente 15 días, con un incesante despliegue, dado que se hacen presentes en mi domicilio o alrededores en continuas y reiteradas oportunidades, sin tener motivo para ello”. Añadió que tomó conocimiento, a través de vecinos, que era objeto de investigación por delitos de competencia federal. Que esa situación le provocaba un daño social y laboral porque se dedica a la venta de artículos panificados, comidas elaboradas y repuestos de motos estando en contacto permanente con muchas personas.

    Que previo a expedirse, el señor J. a quo solicitó, a pedido de la F.ía Federal N° 1 de esa Provincia, que las fuerzas policiales informen si poseen orden de detención en contra del señor H.F.J.. Que surge de los informes recibidos de la Policía Federal Argentina, Policía de la Provincia de S.d.E. y Gendarmería Nacional, que ninguna de estas fuerzas Fecha de firma: 16/03/2022

    Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

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    Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    7299/2021 - BENEFICIARIO: JUAREZ, H.F. Y OTRO s/HABEAS

    CORPUS

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