Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 7 de Julio de 2016, expediente FLP 003232/2016/CA001
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 3232/2016/CA1 La Plata 7 de julio de 2016.-
Y VISTO: Este expediente registrado bajo el N° FLP 3232/2016/CA1 (Reg. Int. N° 8385), caratulado:
O., J.M. s/ habeas corpus
, proveniente del Juzgado Federal N° 2, Secretaría Penal C, de Lomas de Z., CONSIDERANDO:
I.L. estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.
25/27 vta. por la Defensora Pública Oficial, Dra.
J.E.C., en representación del detenido J.
M. O., contra la resolución de fs. 21/23, mediante la cual el juez de grado se declaró incompetente para entender en el presente habeas corpus y dispuso la remisión de las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuya disposición se encuentra el amparista.
El recurso fue concedido a fs. 33.
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El habeas corpus sub examine tiene su origen en la presentación efectuada el día 8 de marzo del corriente por la mencionada Defensora Oficial a fs. 1 y vta., a raíz del llamado telefónico que efectuó el interno J.M.O., alojada en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, a la Defensoría Pública Oficial N° 1 por ante los Juzgados Federales de Lomas de Z..
El motivo de dicha llamada telefónica fue que, a decir del interno de marras, el Jefe de Trabajo del Complejo Penitenciario donde se encuentra alojado no le asignaba trabajo alguno aduciendo que O. cobraba una pensión por discapacidad; y, pese a que el nombrado O. renunció al cobro de dicha pensión, seguían sin asignarle trabajos.
A juicio de la defensora, esta situación acarrearía un agravamiento en las condiciones de detención de su pupilo, al afectarse ilegalmente su derecho a obtener trabajo.
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Recibida la denuncia, el juez de grado fijó audiencia por video conferencia para el día Fecha de firma: 07/07/2016 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28093679#154767887#20160711082531849 siguiente y dispuso, asimismo, que las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza informen acerca de la situación de O. en lo referido a su situación laboral (fs. 2).
El respectivo informe de las autoridades penitenciarias obra a fs. 3, y en él se lee: “posee [J.M.O.] beneficio provisional (jubilación y pensión), debiendo ejercer opción (formulario VII declaración...
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