Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 23 de Abril de 2020, expediente FGR 002553/2020

Fecha de Resolución23 de Abril de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 22 de abril de 2020.

VISTOS:

Estos autos caratulados “D., L. A. – Internos U.Resid.1 Pab C1 CPFV” (Expte. Nº FGR 2553/2020), venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10

    de la ley 23.098, al rechazar el Juzgado Federal mencionado la acción de habeas corpus colectiva presentada por un grupo de internos alojados en el Módulo 1, Pabellón C1, del Complejo V de Senillosa del Servicio Penitenciario Federal.

  2. Que en el manuscrito de fs.1/3vta. los accionantes sostuvieron que su presentación se enmarcaba en la excepcional situación sanitaria derivada de la propagación del virus Covid-19, declarada por la OMS como pandemia, que motivó al PEN a decretar la emergencia sanitaria y dictar diversas medidas de prevención orientadas a evitar su propagación, aspectos sobre los que se explayaron extensamente. Tras ello, sostuvieron que las personas privadas de la libertad se venían afectadas de manera particular teniendo en cuenta la emergencia carcelaria dispuesta y, asimismo, que tenían el mismo derecho que el resto de la población a acceder al sistema de salud.

    Destacaron que el establecimiento contaba con una “salita de primeros auxilios” sin equipamiento, con un médico y dos enfermeros, sin medicamentos y que faltaban elementos de higiene y limpieza. Por ello reclamaron que se les garantizase su atención médica, la provisión de medicamentos dentro del establecimiento carcelario y se les asegurase la Fecha de firma: 23/04/2020

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —1—

    entrega de los elementos de higiene indispensables para evitar la propagación del referido virus. Más adelante, en el apartado “

    1. Petitorio” requirieron que se dispusiesen “medidas uniformes para los 500 internos” alojados en el CPF

    V; que se confeccionase un listado de aquellos que “por sus enfermedades crónicas o graves” y/o por su edad se encontrasen dentro del grupo de riesgo en relación con la pandemia y que ello se informase a los juzgados competentes proponiéndoles hacer efectiva la morigeración del encierro carcelario (libertad condicional, libertad asistida,

    excarcelación, extrañamiento o detención domiciliaria); que se proveyesen elementos de limpieza e higiene acorde a la situación, así como de una canasta de alimento o “bono especial para retirar productos de cantina”; y que se reforzase la atención médica con controles diarios, se les proveyesen los medicamentos necesarios para el tratamiento de sus enfermedades y que se dispusiese de “un sector...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR