Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 21 de Marzo de 2022, expediente FLP 000120/2022/CA001

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

FLP 120/2022/CA1

La Plata, 21 de marzo de 2022.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en el presente expediente Nº FLP 120/2022, caratulado: “Beneficiaria: H., G. y otros sobre H.C., procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por los doctores L.S.A. y G.S.L., en representación del Servicio Penitenciario Federal, contra la resolución del juez de primera instancia en tanto decide en su punto I) acoger favorablemente, en forma parcial,

    la presente acción de habeas corpus colectivo promovida en favor de la población penal del Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres de Ezeiza, en relación a la falta de suministro de agua potable para cubrir las necesidades básicas de las internas, sin costas artículo 10 de la Ley 23.098- y en su punto II) requirió al Jefe del Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres de Ezeiza que disponga lo necesario para que,

    dentro de 48 horas, se presente un plan de obra sustentable y definitivo para restablecer la normalidad en el suministro adecuado de agua a las internas que conforman la población penal de los Pabellones afectados de esa Unidad. Mientras tanto, se le hizo saber a la autoridad del Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres de Ezeiza que, hasta tanto se ejecute el plan definitivo de obra requerido, se deberá disponer lo necesario para que el suministro de agua a las internas se efectúe en forma adecuada, teniendo como referencia los estándares que prevé el programa de “Abastecimiento y Calidad de Agua” del Gobierno Nacional, según las necesidades básicas que se requieren para hidratación, alimentación, aseo e higiene.

  2. A través de los agravios esgrimidos, los representantes del Servicio Penitenciario Federal reseñaron que en toda la zona de Ezeiza el suministro de agua está afectado por las napas, siendo dicha circunstancia ajena a la Administración y las consecuencias que eventualmente puedan derivarse de ello, un hecho fortuito e impredecible.

    Fecha de firma: 21/03/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA

    En tal sentido, señalaron que la administración penitenciaria ha tomado claras acciones para que no se configure un agravamiento en las condiciones ilegítimas de detención de las internas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres,

    circunstancia que el magistrado de primera instancia dio por configurada para acoger el habeas corpus, generándoles un perjuicio irreparable.

    Al respecto, detallaron que el Servicio Penitenciario dispuso la provisión de agua por medio de bidones de 20 litros a cualquier pabellón que lo requiriere, a demanda; la implementación de un sistema que requirió la compra de un tanque cisterna de 2750 litros; la contratación de la empresa DANKA para la realización de una nueva perforación y a incorporación de nuevos recipientes contenedores de agua en los pabellones con mayor cantidad de población penal.

    En atención a ello, concluyen que en ningún momento hubo un agravamiento de las condiciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR