Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 11 de Diciembre de 2014, expediente FLP 052589/2014

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2014
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 52589/2014 La Plata,11 de Diciembre de 2014, siendo las 13.20 horas.-

Y VISTOS: El expediente N°FLP 52589/2014, registro interno N°7818, caratulado:

G., S.M.B. s/ Habeas Corpus

, proveniente del Juzgado Federal N°1 de Lomas de Zamora, Secretaria Penal 2, y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos a la Alzada con motivo de la elevación en consulta dispuesta por el juez de grado , en virtud de haber rechazado in limine la acción de habeas corpus intentada, por no encuadrar en los presupuestos del art. , primera hipótesis de la ley 23.098.

  2. De las constancias de autos surge que a fs. 1/2 la Sra. S.M.B. promovió

    acción de habeas corpus preventivo a su favor, con patrocinio letrado del Dr. A.M.C., con motivo de padecer, según expresa, amenaza actual, inminente y potencial por parte de personal policial.

    Denuncia en su escrito, que con motivo de la detención que sufriera su pareja, en causa seguida en infracción a la ley 23.737, ha notado que la mayoría de los días se detienen vehículos en su casa tomando fotos de la misma, y que en varias oportunidades se le acercó

    personal policial identificándose como perteneciente a la DDI de E., solicitándole que debía colaborar e informar donde podría estar la droga no hallada en el procedimiento realizado.

    Manifiesta que desconoce las razones de la persecución denunciada, y temiendo por su integridad psicofísica y de su libertad de locomoción, solicitó al a quo librar oficio a las fuerzas de seguridad a los efectos de conocer la existencia de una investigación en contra de su persona, y en caso afirmativo, se informe sobre la misma.

  3. Recibidas las actuaciones en el juzgado de origen, el magistrado, a fs. 4/6, rechazó

    Fecha de firma: 11/12/2014 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.R., SECRETARIO DE CAMARA in límine la acción de habeas corpus, por entender que ésta no encuadra en los presupuestos del art. 3° de la ley 23.098, toda vez que, y más allá de la precariedad de la presentación, advirtió claramente que el asunto ventilado por la accionante no resulta una cuestión que amerite la intervención del a quo a través de la vía intentada.

    En sus fundamentos, el J. consideró

    que en autos no se advierte la existencia de un acto u omisión...

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