Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL, 28 de Abril de 2017, expediente FCB 010998/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A FCB 10998/2017/CA1 doba, 28 de abril de 2017.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “G., R.P. s/ Habeas Corpus” (Expte. FCB 10998/2017/CA1)

elevados en consulta a la Sala A de este Tribunal en virtud de la resolución dictada con fecha 29 de marzo de 2017 por el Juzgado Federal N° 2 de Córdoba, en la que decide: “

I.-

RECHAZAR el recurso de Habeas Corpus intentado, por haber sido desistido por la Defensora Pública Oficial, Dra. M.M.C. y no reunir los requisitos establecidos en el art. 3 de la ley 23.098 (conf. Art. 10 de la ley 23.098), remitir copia de la presente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba.

  1. ELEVAR la presente causa en consulta a la Excma. Cámara Federal de Apelaciones (conf. Art. 10 de la ley 23.098).

  2. PROTOCOLICESE y Notifíquese”.

    CONSIDERANDO:

  3. Con fecha 21 de marzo de 2017, el señor R.P.G., detenido en el establecimiento C.N.° 1 “Rvdo. F.L.”, interpuso acción de habeas corpus.

  4. Con fecha 22 de marzo del corriente año, se llevó a cabo la audiencia de ampliación de motivos de la presentación de habeas corpus de G., quien se encontraba acompañado en la ocasión por la señora Defensora Público Oficial, Dra. M.M.C.. En dicha audiencia, el encartado expresó que presenta habeas corpus ya que se encuentra condenado por el delito de transporte de estupefacientes a 10 años de prisión, por el Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba, que hace cinco años que se encuentra detenido por lo que solicita puntualmente tener audiencia personal con el Dr. Asis, a los fines de notificarse en los estrados del Tribunal de la resolución Fecha de firma: 28/04/2017 Alta en sistema: 22/05/2017 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA EN FERIA Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO, Secretaria de Cámara #29577188#177270649#20170428132405895 de la Cámara de Casación Penal, que dejó firme su condena, y una vez notificado de dicha resolución tener el estado de condenado y así poder gozar de beneficios. (fs. 4)

  5. Con fecha 27 de marzo de 2017, la Defensora Público Oficial, Dra. M.M.C., presentó un escrito solicitando la desestimación del habeas corpus ya que los motivos expuestos que impulsaron la presentación por su asistido no se encuentran abarcados por las previsiones contenidas en el art. 3 inc. 2 de la ley 23.098. Asimismo, solicita que se corra vista al Tribunal Oral em lo Criminal Federal N°2 a fin de que...

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