Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL, 25 de Septiembre de 2015, expediente FMP 021868/2015/CA001

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 21868/2015/CA1 del Plata, 25 de septiembre de 2015.-

Y VISTOS:

El presente expediente procedente del Juzgado Federal N° 3 de esta ciudad, caratulado “F., M.S.H.C.”, registrado con el Nº FMP 21868/2015 de trámite por ante la Secretaría Penal de esta Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

Y CONSIDERANDO:

I) Que vienen las presentes actuaciones a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 34/37 por el Dr. M.F., contra la resolución obrante a fojas 30/31 vta. mediante la cual el Juez de grado dispuso rechazar el Habeas Corpus correctivo interpuesto por el referido letrado, por no surgir la existencia de algunos de los supuestos de procedencia de los artículo 3 y 4 de la ley 23.098.

El recurso de apelación fue concedido a fojas 38.

Los autos tiene su origen en la presentación inicial de fojas 1/2 mediante la cual el Dr. M.F. deduce el remedio constitucional, por haber tomado conocimiento de que se habría interpuesto ante el Fuero Federal local, una denuncia en su contra por infracción a la ley 26.364 (art. 145 bis C.P.), por lo que en su consideración, se habría abierto una investigación o proceso penal en el cual se lo estaría investigando y donde podría estar amenazada su libertad personal.

Fundando dicha acción en los artículos 43, párrafo 4º de la C.N.

arts. 4, 5, 8 y 25 de la CADH, arts. 6, 12 y 14 del PIDCYP, art. 12 PIDESYC, art. 25 DUDH, art. 1º y cctes. Key 23.098, arts. 279/283 del C.P.P.N.

Ante ello el Magistrado a quo requirió el informe previsto en el segundo párrafo del art. 11 de la ley 23.098, solicitando se haga saber a esos Estrados, por parte del Ministerio Público Fiscal como así también al Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de esta ciudad y de las Fuerzas Federales de esta ciudad, si existe orden restrictiva de la libertad respecto del amparado, librándose los respectivos oficios (

V. FS. 5 POLICÍA FEDERAL AEROPORTUARIA, FS. 6 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA , FS. 7 POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, FS. 8 , 9, 10 SECRETARÍAS DE JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA NRO. 1 DE ESTA Fecha de firma: 25/09/2015 Firmado por: J.F. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE C.C., FS. 11 FISCALÍA GENERAL FEDERAL, FS. 12 POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y FS.13 GENDARMERÍA NACIONAL).

Que a fojas 14 a 26 lucen agregados los informes requeridos, obteniéndose un...

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