Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 27 de Mayo de 2020, expediente FRE 001552/2020/CA001
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
sistencia, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veinte.
VISTOS:
Estos autos registro de Cámara N° FRE 1552/2020/CA1 caratulados:
D.C., HUGO GUSTAVO S/ HABEAS CORPUS
que en consulta
provienen del Juzgado Federal N° 1 de Formosa; y CONSIDERANDO:
-
Que el titular del Juzgado Federal N° 1 de Formosa rechazó in límine la
acción de hábeas corpus interpuesta por la Defensa técnica del interno de la Unidad
Penitenciaria 7 H.G.D.C. y remitió los autos en consulta de
conformidad con lo dispuesto en el art. 10 de la ley 23.098.
La misma fue planteada por el profesional mediante un extenso escrito por el
cual –en apretada síntesis señala que el beneficiario de la acción se encuentra actualmente
privado de su libertad y alojado en la Unidad Penitenciaria Nº 7.
Aduce el impacto de las medidas adoptadas en el marco de la emergencia
sanitaria decretada en relación a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la
Salud, el que ha significado para los internos la imposibilidad física de recibir visitas, lo
que afecta su derecho a la comunicación familiar, solicitando se innove en el estado de
situación, habilitando la utilización de aparatos de telefonía celular y suspendiendo el
régimen sancionatoriodisciplinario vinculado a la prohibición de utilización de estos
aparatos.
Puntualmente –dice– D.C. padece de principios de artritis y, además,
una enfermedad respiratoria crónica que se manifiesta con los cambios climáticos. Cita
pormenorizadamente la normativa dictada a raíz de la coyuntura de emergencia sanitaria y
evoca jurisprudencia que entiende aplicable.
Insiste en que D. ha solicitado asistencia médica frente a los dolores en las
articulaciones, similares a una artritis reumatoide y asimismo un seguimiento médico frente
a la enfermedad respiratoria crónica que posee. Alega que el interno se encuentra detenido
en un lugar de alto riesgo contagioso, ya que el Chaco es una de las provincias más
infectadas por el virus.
Entiende excesivas las prohibiciones del SPF y menciona que se solicitó el
traslado del D.C. a la provincia de Formosa, pero fue rechazado por la situación
de emergencia. Agrega que la distancia dificulta el contacto con familiares y con la
Defensa.
Invoca la Acordada Nº 3/2020 de la Cámara Federal de Casación Penal, la que
advirtió sobre los riesgos que corren las personas privadas de libertad en
establecimientos penitenciarios, y recomendó la urgencia en la tramitación de
Fecha de firma: 27/05/2020
Firmado por: RE M.L., SECRETARIO
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
cuestiones referidas a ellas que conforman el grupo de riesgo y, en esa línea, peticiona
la excarcelación de H.D.C. exponiendo sus fundamentos.
-
En este estado de las actuaciones el Juez resuelve...
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