Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 20 de Abril de 2017, expediente FLP 001992/2017

Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 1992/2017 c.8382/III La Plata, 20 de abril de 2017.

VISTO: Este expte. FLP 1992/2017 “C., M. s/HabeasC.”, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de Lomas de Z. y; CONSIDERANDO QUE:

  1. Con fecha 16 de febrero del corriente año, este Tribunal confirmó la decisión de fs. 6/8 por la cual se rechazó la denuncia de habeas corpus presentada por E.L.C.B. (fs. 10 y vta.).

  2. Contra el pronunciamiento de esta Sala, la defensa del amparista interpuso recurso de casación (fs. 17/23vta.). Argumentó que la aplicación del trámite previsto por el artículo 10 de la ley 23.098 se presenta contrario al imperativo constitucional y supralegal puesto que lesiona de modo insalvable la garantía de disponer de manera cierta de una defensa técnica en el momento oportuno y la posibilidad de acceder a la garantía de un doble conforme o derecho al recurso. Asimismo, expresó que la resolución desconoce la validez de los arts. 14, 14 bis, 16, 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional por cuanto resulta contraria al derecho del trabajo y todo lo que ello implica, el derecho de igualdad ante la ley y el acceso a la justicia.

  3. Sentado cuanto precede, en virtud de lo resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal, in re “G. de la Mata, Á.M. s/

recurso de queja”, causa nro. 7225, del 20 de julio de 2006 y sus citas, el Tribunal estima reunidos los requisitos de admisibilidad exigidos por los artículos 456 y sgtes. del Código Procesal Penal de la Nación, razón por la cual concluye que el recurso de casación deducido debe concederse.

Fecha de firma: 20/04/2017 Firmado por: C.A.N., Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #29391256#175548173#20170420121535272 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 1992/2017 c.8382/III Por ello, se

RESUELVE:

Conceder el recurso de casación interpuesto por la defensora oficial...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR