Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 14 de Febrero de 2019, expediente FGR 001043/2019

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 14 de febrero de 2019.

VISTOS:

Estos autos caratulados “E., C. sobre habeas corpus”

(Expte. N° FGR 1043/2019), venidos del Juzgado Federal de General Roca; y, CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al rechazar el Juzgado Federal local la acción presentada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Unidad N°5 del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que en el manuscrito de fs.2 y vta. E.

    manifestó que interpuso la presente acción para denunciar: 1)

    al Jefe de Trabajo “por robo de horas y robo de insumos, lo cual el Estado provee suministros para cada interno”; 2) al Jefe de Administrativa “por abuso de autoridad y malversación de fondos” y 3) al Director “por no acatar una orden judicial de V.S. teniendo en cuenta que tampoco estuvo a la altura de los objetivos alcanzados anualmente … y por todas la irregularidades y por abandono de persona y agravamiento de detención…”. En otro orden, solicitó “un abogado Defensor para certificar todos los dichos y un F. para que tome cartas en este asunto”.

  3. Que a fs.1vta. obra un informe producido por la Sección Judicial de la U5, del que surge que ese establecimiento recibió en fecha 07/02/19 un oficio remitido por el Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°4 “donde ORDENA Fecha de firma: 14/02/2019 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA #33129785#226684425#20190214133628211 EL TRASLADO DEL INTERNO EN CUESTIÓN A LA UNIDAD N°11 DEL S.P.F.”, motivo por el cual en la misma fecha se remitió toda la documentación pertinente para su cumplimiento a la Dirección de Judicial del SPF, econtrándose a la espera de la respectiva autorización del traslado. Asimismo, se destacó

    que debido al extenso prontuario de E. los trámites se hallaban demorados, no obstante lo cual esa “Unidad está

    trabajando con intensidad para ejecutar la orden del magistrado actuante”.

  4. Que, a fs.4, se agregó un listado de expedientes en trámite ante el juzgado de origen relacionados con denuncias formuladas por E..

  5. Que, frente a ello, el a quo afirmó que de las...

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