Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA PENAL, 26 de Noviembre de 2021, expediente FCB 008789/2021/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B
FCB 8789/2021/CA1
doba, 26 de noviembre de 2021.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “BARRIONUEVO, R. s/habeas corpus” E.. FCB 8789/2021/CA1, elevados en consulta a este Tribunal en virtud del proveído dictado por el Juzgado Federal N° 2 de Córdoba con fecha 22.10.2021, en cuanto dispuso: “Córdoba, 22 de octubre de 2021. Por recibido. Teniendo en cuenta los informes que anteceden,
como así también, que la amenaza a la libertad sin orden escrita de juez competente” (art. 3 inc. 1° de la ley 23.098), como hecho susceptible de invocarse para deducir recurso de habeas corpus, requiere, no sólo, un mínimo de verosimilitud del riesgo que afectaría la libertad individual, sino también la demostración de su posible existencia (Fallo 216: 457 C.S.J.N), entiendo que no existen, en el caso, ninguna de las causales que habiliten el trámite previsto en la ley 23.098 En efecto, conforme surge de lo informado precedentemente por el Sr. Juez Federal N°1, el beneficiario B., se encuentra detenido desde el día 27 de junio de 2021, en el marco de un allanamiento judicial realizado en su domicilio dictado en las actuaciones Judiciales caratuladas: “CAVAS, E.A. y Otros S/inf. ley 23.737” E.. FCB 5063/2021) de trámite ante el Jdo. Fed. N°1 de Córdoba, S.. Penal, e imputado por el Ministerio Público Fiscal, por la presunta comisión de los delitos de: Organización y Financiación de delitos previstos en el art. 5° de la ley 23.737 de estupefacientes (art. 7 de la Ley 23.737), tenencia simple de estupefacientes (art. 14 1° de la ley 23.737) y lavado de activos (art. 303 (1) del C.P.). Que su situación de detención, como los motivos procesales que fundamentan su privación cautelar de la libertad, han sido valorados en Fecha de firma: 26/11/2021
resolución que denegó al beneficiario el día 23 de Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: L.N., JUEZA DE CÁMARA
Firmado(ante mi) por: C.L.A., S.retaria de Cámara #35933358#307694043#20211126125847206
septiembre del corriente su excarcelación, decisorio que se encuentra actualmente en trámite de apelación ante la Excma. Cámara Federal, por recurso interpuesto por la defensa del imputado B. y pendiente de resolución. Que en base a lo expuesto, corresponde rechazar, sin más trámite, el habeas corpus preventivo,
presentado y elevar lo actuado, en consulta, ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones (conf. Art. 10 de la ley 23.098)”.
Y CONSIDERANDO:
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Con fecha 21.10.2021, mediante la presentación de fs. 1/4 de autos, el doctor M.L., interpuso acción de Habeas Corpus en representación de R.B..
Expresó que...
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