Benassi Gerardo Lberto C/maqueda Nestor Daniel S/daños y Perjuicios

Fecha de disposición06 Mayo 2008
Fecha de publicación06 Mayo 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31398
  1. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 24 de mayo de 2011; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  2. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  3. REMITIR a los nombrados al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan la condena privativa de libertad en unidades carcelarias a su cargo, para menores adultos en el caso de SUSANA CAMACHO ROJAS.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo actas con entrega de fotocopia y de C.I.

Bol. 8890875 y 7733191, art. 171 ley 24.660. y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. RENE VICENTE CASAS. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. MARTA LILIANA SNOPEK. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

e. 25/04/2008 N° 576.957 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

FALLA:

Primero:CONDENANDO a Raúl Edwin BARRETO VELASQUEZ, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo al nombrado autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5° inciso 'C' de la ley 23.737, con costas.

Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 22 de Julio del año dos mil once, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.

Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Raúl Edwin Barreto Velasquez, para su correspondiente notificación. Asimismo, pasaporte peruano N° 3543105 y documento nacional de identidad del Perú N° 41.893.574 del nombrado a los fines del artículo 171 de la Ley 24.660, dejando copia certificada de los mismos.

Quinto: REMITIR a Raúl Edwin Barreto Velasquez, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE CASAS. MARTA LILIANA SNOPEK. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.

e. 25/04/2008 N° 576.981 v. 09/05/2008 El TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY:

FALLA:

  1. ).- RECHAZAR las NULIDADES articuladas por la Defensa de Santos CAMPOS CRUZ.

  2. ).- DECLARAR la RESPONSABILIDAD PENAL de Santos CAMPOS CRUZ, de las calidades personales obrantes en autos, en calidad de autor del delito de Transporte de Estupefaciente, previsto y penado por el artículo 5 Inciso 'C', de la Ley 23.737, difiriendo el tratamiento de la eventual aplicación de una sanción penal, para el día 14 de Mayo del año 2.008 a horas 08:00, conforme artículo 4 de la Ley 22.278.

  3. ).- CONDENAR a Germán SACACA FLORES y Mario PERKA PUMA, de las demás calidades obrantes en autos a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00), por encontrarlos autores penalmente responsables del delito de Transporte de Estupefaciente, previsto y penado por el artículo 5 Inciso 'C' de la Ley 23.737, con mas la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme artículo 12 del Código Penal y las costas del juicio.

  4. ).- FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 03 DE MAYO DEL AÑO 2.011, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.5°).- ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefacientes) con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.6°).- DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.007 horas doce (12:00) en la sede de esteTribunal, artículo 400 del CPPN, a la que deberán concurrir el menor Santos CAMPOS CRUZ y su guardador.

  5. ).- REMITIR a Germán SACACA FLORES y Mario PERKA PUMA al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la condena privativa de la Libertad en una unidad carcelaria a su cargo.

  6. ).- MANDAR que por Secretaria se registre el fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- MARTA LILIANA SNOPEK. RENE VICENTE CASAS. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 25/04/2008 N° 576.969 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: RECHAZAR las nulidades articuladas por la defensa técnica de Elizabeth Justiniano Mercado y Vera Lucía Pérez Ayala.Segundo: CONDENAR, a Elizabeth Justiniano Mercado y Vera Lucía Pérez Ayala, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y TRES MESES de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), por encontrarlas coautoras responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5° inciso 'C' de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolas al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan las penas privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.Tercero: COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de Abril de 2010 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.Cuarto: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 17 de Noviembre de 2006 a horas 12:00, en la sede de este Tribunal (artículo 400 del C.P.P.N.).

    Sexto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 25/04/2008 N° 576.963 v. 09/05/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: CONDENANDO a DANIEL ROLANDO REYNA AGUIRRE, a la pena DE CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo de la Ley 22.415 y sus modificatorias (Código Aduanero), en función del artículo 864 inciso 'a', in fine, Id, en grado de tentativa, (Arts. 871 y 872, Id.) con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876 Id., incisos 'e' por el tiempo de la condena, 'f' y 'h', en concordancia con el Art. 1026, inc. b) Id., sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera y las costas de juicio.

    Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 11 de Agosto del año dos mil once, y diez días para el pago de costas del Juicio.

    Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con...

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