Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 16 de Julio de 2015, expediente COM 028322/2014/1

Fecha de Resolución16 de Julio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 22 - Sec. 44.

28322/2014/1 B.H.A. Y OTRO c/ BELTRAME EDUARDO OSCAR Y OTRO s/ INCIDENTE PRUEBA ANTICIPADA Buenos Aires, 16 de Julio de 2015.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló la parte actora el decreto de fs. 4 por el que se rechazó el pedido de producción de prueba anticipada impetrado en fs. 1/3.-

    Los fundamentos del recurso fueron desarrollados en fs. 7/9.-

  2. ) Del examen de las constancias obrantes en autos resulta que la parte actora, en el marco de la causa “B.H. y Otra c. B.E. y Otros s. Ordinario” -expte. N° 28322/2014- solicitó la producción anticipada de los siguientes medios de prueba: a) pericial contable sobre los libros contables, sociales y documentación respaldatoria de One Way Viajes SRL y UCCELLI, a efectos de poder establecer si se encuentran registradas las operaciones de transporte según su objeto social y en caso afirmativo, desde qué fecha, número de transacciones, sus importes, número de clientes con sus datos personales, montos y fechas de los retiros efectuados por los socios, nómina de empleados con su datos personales y remuneración, listado de choferes y celadoras registrados y el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales; b) pericial mecánica sobre los vehículos afectados al transporte de personas por Turismo Beltrame SRL, One Way Viajes SRL, J y G SH Grupo Beltrame y UCCELLI, que se encuentren registrados nombre de esas Fecha de firma: 16/07/2015 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: I.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara empresas o de sus socios, a fin de que el experto informe si los repuestos adquiridos por Turismo Beltrame SRL han sido colocados en aquéllos, como así también sobre la antigüedad y estado de mantenimiento comparativos de la totalidad de los automotores afectados al transporte por todas las empresas mencionadas; y c)

    secuestro de documentación respaldatoria de las operaciones de transporte de personas llevadas a cabo por One Way Viajes SRL, J y G SH Grupo Beltrame y UCCELLI, desde su constitución y hasta la fecha.-

    Apuntó que las pericias ofrecidas guardan estrecha e inescindible relación con las cuestiones debatidas en autos y que los respectivos informes develarán las maniobras fraudulentas llevadas a cabo por los demandados tendientes a vaciar el patrimonio de Turismo Beltrame SRL en beneficio exclusivo de las nuevas sociedades integradas por E.B. y sus hijos. Indicó que de no mediar una actividad rápida y eficaz de la justicia que impida el despojo, el perjuicio derivado para H.B. será irreparable. Afirmó que existe la posibilidad cierta de desaparición o modificación del estado y condición de repuestos y piezas de vehículos pertenecientes a Turismo Beltrame SRL y que habrían sido indebidamente aplicadas a unidades ajenas a la empresa. Fundó el pedido de secuestro de prueba documental, en el riesgo cierto de su desaparición, teniendo en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR