Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 6 de Octubre de 2016, expediente CAF 040311/2013/CA001
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2016 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 40311/2013 BAZARIAN, G. c/ EN-PODER JUDICIAL DE LA NACION Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO ºBuenos Aires, 6 de octubre de 2016.- LR Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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) Que a fs. 18 el Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal n° 9 se inhibió de oficio para conocer en los presentes actuados y atribuyó competencia a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo federal.
Remitidas las actuaciones, a fs. 28 la Sra. Jueza a cargo del Juzgado n° 11 del fuero asumió la competencia.
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) Que a fs. 96/102la administradora de la Sucesión de G.E.S. opuso la excepción de incompetencia con fundamento en que debía operar el fuero de atracción y consecuentemente, debían remitirse las actuaciones al Juzgado en lo Civil n° 46, siendo que la accionante demanda contra la sucesión (pto.
III de la contestación de demanda de fs. 96vta.).
A fs. 112 la Sra. Jueza a quo compartiendo el criterio sustentado por el Sr. Fiscal Federal en su dictamen, declaró su incompetencia y ordenó remitir las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Civil n° 46.
El Estado Nacional (M° de Justicia y Derechos Humanos) apeló a fs. 113/116vta. y a fs. 123/126 fundó su recurso.
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) Que a fs. 139/141vta. obra el dictamen del Sr. Fiscal General quien opinó que debería disponerse lo necesario para que el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 46, ante el que tramita el proceso sucesorio, asuma el conocimiento del asunto.
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) Que en autos el Sr. G.B. entabló la presente acción por repetición y cobro de sumas de dinero, contra la sucesión de E.S.G. y contra el Estado Nacional-
Fecha de firma: 06/10/2016 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA #15958748#162619393#20161007100947288 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 40311/2013 BAZARIAN, G. c/ EN-PODER JUDICIAL DE LA NACION Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO Poder Judicial de la Nación, solicitando se le abone la suma de dólares estadounidenses novecientos mil (U$S 900.000) o lo que en más o en menos surja de las probanzas de autos (ver fs. 4/8).
Relató que el 7 de diciembre de 2005 celebró con el causante G. una cesión de boleto de compraventa, por el que adquirió el 50% de los derechos y obligaciones emergentes de la adquisición de un campo de 14.300...
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