Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Junio de 2018, expediente Rc 122181

PresidenteKogan-Soria-Pettigiani-Genoud
Fecha de Resolución13 de Junio de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"BASUALDO EDUARDO M. Y OTRO C/ CELIZ JULIAN LUCAS MATIAS S/ RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES"

La Plata, 13 de Junio de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El apoderado de la coactora M.B. deduce recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento de esta Corte que desestimó -en virtud de su insuficiente fundamentación- la queja por denegatoria del de inaplicabilidad de ley (arts. 31 bis, ley 5.827, texto según ley 13.812 y 292, CPCC; v. fs. 62/68 vta. y 55/56 vta.).

  2. La Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reglamentado los requisitos que deben satisfacer los escritos judiciales mediante los cuales se interpone el recurso previsto por el art. 14 de la ley 48.

En el caso, se advierte que se ha excedido el límite máximo vinculado a la cantidad de renglones por página (art. 1; el escrito presenta más de 26 renglones a fs. 63/67 vta.) y no surge de tal reglamento que este requerimiento pudiese quedar a criterio discrecional del impugnante (causas C. 119.991, "Frigorífico Mellino SA", resol. de 28-XII-2016; C. 121.208, "Coustarot", resol. de 5-IV-2017 y C. 120.788, "Pesquera Celosor S.A.I.P", resol. de 3-V-2017; CSJN causas C.284.XLVI "C.S., M.T. contra M° J. y DDHH -art. 3°, ley 24.043- resol. 900/08 -ex. 453.193/98-", sent. de 12-X-2010; C.583.XLVI "Contessi, M.P. c/ Yancoski, R.R. s/ ejecución de sentencia", sent. de 23-XI-2010 y M.57.XLIX "M., R.D. c/ Banco Central...

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