BASILIO Maria del Carmen s/ Quiebra

Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2014

JUZGADO NACIONAL EN LO

COMERCIAL Nº 23

SECRETARIA Nº 46

Juzgado Nac. de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 46 sito en M. T. de Alvear 1840, P. Baja, comunica por CINCO días en autos “BASILIO MARIA DEL CARMEN S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA DE INMUEBLE”, Expte. Nº 60176, que el martillero Patricio Luis López Malbrán CUIT 20-13735513 rematará el día JUEVES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2014 A LAS 10,30 hs. EN PUNTO, en Jean Jaurés 545 Cap. Fed., 100% de los inmuebles pertenecientes a la fallida sitos en: 1) calle Martiniano Leguizamón 697 esq. Caaguazú 6401/17, matrícula Nº 92.947, Superficie de 225,16 m2 nomenclatura Catastral CIRC. 1; SECCION 72; MANZANA 109; PARCELA 00; BASE: $ 1.000.000. - y 2) calle Cafayate 624 entre Caaguazú y Tonelero, matrícula Nº 92.958 Superficie de 308,65 m2 Nomenclatura Catastral CIRC. 1; SECCION 72; MANZANA 109; PARCELA 00; BASE: $ 1.200.000.– ambos terrenos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se tratan de terrenos baldíos libres de edificación y DESOCUPADOS. EXHIBICION: por tratarse de lotes de terreno libres de deificaciones y de ocupantes la exhibición será LIBRE. CONDICIONES DE VENTA: AL CONTADO Y MEJOR POSTOR SEÑA 20%, Comisión 3% Arancel Acordada 10/99 CSJN SELLADO DE LEY. Serán admitidas ofertas bajo sobre art. 104.6 del Reglamento, las que deberán ser presentadas por ante el Juzgado y Secretaria hasta las 10 hs. del día anterior hábil a la fecha del remate. La apertura de los sobres tendrá lugar en la sede del Juzgado el día hábil anterior a la subasta a las 12,30 hs. Corre por cuenta del adquirente: a) el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 CPCC; b) se le fija al comprador el plazo de diez días para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la notificación por nota de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo o de la fecha de toma de posesión si ésta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se...

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