Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 4 de Mayo de 2017, expediente CCF 005783/2015/CA002

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 5783/2015 BASIL, J.A. c/ WAICON VISION SA s/MEDIDAS CAUTELARES Buenos Aires, 4 de mayo de 2017. AN VISTO: La resolución de fs. 167/168, el recurso de apelación de fs. 185/187 y el responde de fs. 189/190; y CONSIDERANDO:

  1. - El Sr. juez de grado resolvió el rechazo de caducidad interpuesto por la accionada respecto de la medida precautoria dispuesta en autos, que consistió en el secuestro de un ejemplar y el pedido de explicaciones en los términos del segundo párrafo del art. 24 del decreto 6673/63.

Entiende la apelante que el plazo del art. 207 del Cód. Procesal debe comenzar a partir del momento en que se hizo efectivo el secuestro del objeto supuestamente en infracción y no, como señala el juez, desde que ella contestó el pedido de explicaciones del origen de la mercadería cuestionada.

  1. El citado artículo 24 establece que “Como única medida previa a la iniciación de los juicios civiles o penales autorizados por este título, y para comprobar el hecho ilícito , el titular de un registro de modelo o diseño a quien llegue noticia de que en una casa de comercio, fábrica u otro sitio, se están explotando industrial o comercialmente objetos de diseño en infracción a su registro, podrá solicitar al juez, dando caución suficiente y presentando el título del Registro, que designe un oficial de justicia para que se constituya en el lugar y se incaute de un ejemplar de los productos en infracción levantando inventario detallado de los existentes .

El correspondiente mandamiento se librará dentro de las 24 horas de solicitado.

Fecha de firma: 04/05/2017 Alta en sistema: 16/05/2017 Firmado por: R.V.G. -G.M. -A.S.G., #27505580#177496747#20170428105438400 Cuando el tenedor de las mercaderías no sea su productor, deberá dar al titular del modelo o diseño explicaciones...

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