Barrionuevo C/Santa Maria

Décimo Sexto Juzgado Civil, Autos N° 89.126 "BARRIONUEVO, GRACIELA DEL VALLE c/CLINICA SANTA MARIA, EX DIEZ DE OÑATE - DELTA S.A. Y OT. p/DAÑOS Y PERJUICIOS", notifica a Doctora María Cecilia Yáñez, de ignorado domicilio, el traslado de la demanda: Fojas 17 y vta.: "Mendoza, lunes, 30 de julio de 2012. Autos, vistos y considerando:... Resuelvo: 1- Tener al Procurador Raúl Eduardo Correa, con el patrocinio del Dr. Sebastián Santarosa, en nombre y representación de Graciela del Valle Barrionuevo, por presentada, parte y por domiciliada en el carácter legal invocado. Concédase a los profesionales intervinientes el plazo de diez días para acreditar personería bajo apercibimiento de ley (Art. 29 del CPC). 1- Hacer lugar a la medida solicitada y en consecuencia por intermedio del Oficial de Justicia que corresponda procédase al secuestro y/o extracción de copias de la totalidad de la documentación, archivos, libros, constancias de atención médica, historia clínica, asistencia y protocolo quirúrgico si existiera, atención hospitalaria, tratamientos y estudios médicos efectuados a la paciente Graciela del Valle Barrionuevo, DNI 13.716.723, en1) Clínica Santa María (ex Diez de Oñate), sito en Calle José Federico Moreno 1519, Ciudad, Mendoza; 2) Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), con domicilio en Buenos Aires 133, Ciudad, Mendoza y 3) Policonsultorios de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, sito en San Martín 53 de Ciudad, Mendoza, a partir del día cuatro de agosto de dos mil diez. 2- A fin de realizar la presente medida facúltese el auxilio de la fuerza pública, allanamiento de domicilio, habilitación de día y hora en caso de ser necesario. 3- Téngase presente la persona autorizada denunciada a fs. 14 vta. pto. VII. e). 4- Atento el tenor de la medida solicitada, dése intervención a la Defensoría de Pobres y Ausentes que por turno corresponda una vez solicitado el turno con el Oficial de Justicia. 5- Una vez cumplida y efectivizada la medida solicitada, como se solicita a fs. 15 pto. VIII ofíciese a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) para que remita copia del convenio de atención de pacientes vigentes al mes de agosto de dos mil diez celebrado con la codemandada Clínica Santa María, todo a efectos de determinar quien es o era la persona...

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