Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 15 de Agosto de 2018, expediente CNT 034147/2015/CA001

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 34147/2015 - BARRETO, ANA LIA c/ ART INTERACCION S.A.

s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 15 de agosto de 2018.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. A.E.B. dijo:

I- Contra el pronunciamiento dictado en la anterior instancia que admitió la pretensión articulada al inicio, recurre Prevención Aseguradora de Riesgos Trabajo S.A. en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación como administradora del Fondo de Reserva de la SSN a tenor del memorial obrante a fs.

135/139 y vta., con réplica de la parte actora a fs.

142/143 y vta.

II- En lo relativo a la situación de Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., estimo oportuno señalar que en la actora dirigió

originariamente la pretensión contra Aseguradora de Riesgos del Trabajo Interacción S.A. –ver fs. 6 vta.

pto.

II- y que a fs. 107 y vta. dicha aseguradora hizo saber espontáneamente que a su respecto se había dispuesto la liquidación judicial forzosa, solicitando –entre otras cosas- se cite al Gerenciador del Fondo de Reserva –cfr. art. 34 de la ley 24.557-.

Así las cosas, resulta que a fs. 109/114 y vta.

se presentaron los Delegados Liquidadores designados por la Superintendencia de Seguros de la Nación y que a fs. 116/119 y vta. compareció en autos Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., en representación de la mencionada Superintendencia, como administradora legal del Fondo de Reserva de la L.R.T.

Destaco que en dicha oportunidad la aseguradora opuso las defensas que estimó pertinentes, por lo que considero que ejerció el pertinente derecho de defensa en juicio (cfr. art. 17 y 18 C.N.).

Arribado este punto es dable concluir en que Prevención ART S.A. reconoció su calidad de Fecha de firma: 15/08/2018 Alta en sistema: 17/08/2018 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27062234#213627824#20180815162634300 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX gerenciadora del Fondo de Reserva establecido por el art. 34 de la ley 24.557, en virtud del contrato celebrado con la Superintendencia de Seguros de la Nación –administradora de dicho Fondo-.

Ello así, toda vez que el referido Fondo de Reserva tiene por finalidad hacer frente a las prestaciones que la ART ha dejado de abonar como consecuencia de su liquidación –supuesto que se presenta en autos- y dado que...

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