Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 4 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita497/16
Número de CUIJ21 - 510444 - 8

BARRERA, J.I. c/ PROVINCIA DE SANTA FE -ACCIDENTE DE TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 497/16 N.S.: Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 271 Pág. de inicio: 138 Pág. de fin: 141 Fecha del fallo: 04/10/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > MERA DISCREPANCIA Tesauro > ACCIDENTE DE TRABAJO > INCAPACIDAD Tesauro > ACCIDENTE DE TRABAJO > INCAPACIDAD > DETERMINACION Tesauro > ACCIDENTE DE TRABAJO > INDEMNIZACION > PRESCRIPCION Tesauro > INCAPACIDAD > PRUEBA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. MERA DISCREPANCIA.

ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD. FALTA DE PRUEBA. PRESCRIPCION El remedio extraordinario intentado debe ser declarado inadmisible por cuanto los argumentos traídos a consideración de este Cuerpo no revelan más que discrepancia con los fundamentos expuestos por la Alzada para confirmar lo decidido por el Juez de Grado que había declarado prescripta la acción intentada, por entender que el reconocimiento ministerial indicaba expresamente la inexistencia de secuelas incapacitantes por el accidente ocurrido, habiendo sido así dictaminado sin deducirse cuestionamiento alguno y recién ocho años después del siniestro la actora había intentado encaminar una impugnación aunque sin desvirtuar aquella ausencia de incapacidad; conclusión que más allá de su menor o mayor grado de acierto, podrá o no ser compartida por la recurrente, pero en la medida en que no se demuestre un apartamiento del derecho a la jurisdicción no puede descalificarse por inconstitucional.

Texto del fallo Reg.: A y S t 271 p 138/141.

Santa Fe, 4 de octubre del año 2.016. VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora contra la resolución 313 del 09.06.2015 dictada por la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de esta ciudad, en autos "BARRERA, J.I. contra PROVINCIA DE SANTA FE -ACCIDENTE DE TRABAJO- (EXPTE. 73/14)" (E.. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510444-8); y, CONSIDERANDO:

  1. En la presente causa la Cámara -en lo que interesa- desestimó la apelación interpuesta por la accionante y, en consecuencia, confirmó lo decidido por el Juez de grado -quien, a su turno, había juzgado prescripta la acción intentada-.

  2. Contra tal pronunciamiento la actora dedujo recurso...

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