Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 19 de Junio de 2018, expediente CNT 055071/2013/CA001

Fecha de Resolución19 de Junio de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 55.071/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 52413 CAUSA Nº 55.071/2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 62 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de junio de 2018, para dictar sentencia en los autos: “BARILE MARCELO JAVIER C/ NGV S.A. Y OTROS S/

DESPIDO” se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

  1. La sentencia de primera instancia que hizo lugar en lo sustancial al reclamo, llega apelada por NVG 2 SA, NVG Investments SA y NVG 4 SA, a tenor de las presentaciones de fs. 304/306, fs. 307/308y fs. 309/310, replicados a fs. 312.

    El perito contador recurre los honorarios regulados en su favor por considerarlos reducidos (fs. 303).

    Por razones de índole metodológico, abordaré los agravios vertidos en el orden en que se exponen a continuación.

  2. Concretamente y en síntesis, afirman las demandadas que les causa agravio la condena solidaria decidida en su contra. Sostienen que el vínculo del actor comenzó con NGV 2 SA y que éste renunció por su propia voluntad. Luego alegan que trabajó para NGV Investments SA desde marzo de 2006, hasta que él solicitó ser transferido a NVG 4 SA por razones de proximidad a su domicilio; lo que aconteció sin que se efectuara reclamo alguno por más de siete años. Con base en tales argumentos y el resto que ensayan, pretenden que se revierta lo decidido.

    Sin embargo, adelanto que ninguno de los recursos constituyen una crítica concreta y razonada del pronunciamiento que permitan apartarme del resultado allí arribado (cfr. art. 116 LO).

    En efecto, en su presentación recursiva NGV 2 S.A. hace alusión a la renuncia del actor de fecha 6 de marzo de 2006, pero no se hace cargo de la valoración que realizó el sentenciante a quo respecto de la misma, en conjunto con las demás pruebas obrantes en autos, que lo llevó a concluir que la misma tuvo el como único objetivo fragmentar la antigüedad del trabajador, que al otro día de imponer su renuncia fue contratado por NGV Investments SA, otra de las firmas vinculadas, con quien compartió incluso domicilio en la calle Arribeños 2350 PB C de ésta Ciudad.

    Sumado a ello, los planteos que efectúa NGV Investments SA, no resultan hábiles para modificar lo resuelto en origen, pues insiste en que el actor habría comenzado a trabajar a sus órdenes el 7 de marzo de 2006, pero ni siquiera intenta justificar mediante argumentos válidos, el vínculo empresario constatado entre las tres firmas demandadas, quienes no sólo compartían domicilio, sino también accionistas, en incluso NGV Investments intervino en la constitución de las dos restantes sociedades, aportando la mayor parte del capital social en ambos casos ( v...

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