Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 30 de Diciembre de 2010, expediente 53014/10

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

BARDI DANIEL RICARDO C/ CARAZO ALFREDO JORGE Y OTROS S/

EJECUTIVO (QUEJA)

53014/10 J.. 24 S.. 47 13-14-15

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010.

Y VISTOS:

  1. Dedujeron queja los ejecutados en virtud de la denegatoria del recurso de apelación interpuesto contra la resolución que rechazó el planteo de nulidad que articularon contra la diligencia de intimación de pago.

  2. No se aprecia discutido que la suma por la que se dedujo la ejecución en concepto de capital, no supera USO OFICIAL

    el monto mínimo de apelabilidad del CPr.: 242 -texto según ley 26.536-, que asciende a $ 20.000.

    Por ende, la cuestión se encuentra sujeta a instancia única, estando vedada la intervención de Alzada para la decisión de todas las cuestiones que se planteen durante su trámite (v. esta S., con anterior integración,

    "Banco Liniers Sudamericano S.A.", del 10/9/97; C.. Civil y Com., S.I., "Organización Coordinadora Argentina S.A.",

    del 27/7/97, L.L. 28/8/97).

    La multiplicidad de instancias no es una condición cuya ausencia vulnere "per se" la defensa en juicio (C.S.J.N., "G. de V., A.", del 25/6/96; esta S. en: "Prestaciones Médicas Integrales S.R.L.", del 25/11/97).

    Tampoco se observan razones de orden institucional o de interés público que permitan hacer excepción a tal principio, sin que enerve tal conclusión la eventual configuración de un perjuicio irreparable en los términos del Cpr. 242:3 (cfr. esta S., "D.J.E.J. c/ Mapfre Argentina de Seguros S.A. s/ ordinario (queja)", del 13.7.10).

    En tal virtud, la apelación es inadmisible.

  3. Por lo expuesto, desestímase la queja.

    Remítanse sin más trámite las actuaciones a la juez de grado, encomendándole su agregación al principal.

    MIGUEL F. BARGALLÓ

    ÁNGEL O. SALA

    BINDO B. CAVIGLIONE FRAGA

    Francisco J. Troiani Prosecretario de Cámara

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR