Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 26 de Junio de 2009, expediente 51.944/08

Fecha de Resolución26 de Junio de 2009

Juicio: B.G. c/U.N.S.E.

s/medida cautelar innovativa – Expte. n°

51.944/08 – JUZGADO FEDERAL DE

SANTIAGO DEL ESTERO

Poder Judicial de la Nación MIGUEL DE TUCUMÁN, 26 de junio de 2.009.

Y VISTO: el recurso de apelación deducido a fs. 47, y CONSIDERANDO:

I-Que vienen las presentes actuaciones a consideración de esta Alzada en virtud del recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha 25 de agosto de 2008 (fs. 40/41 vta.) que resuelve, en lo pertinente, hacer lugar a la medida cautelar innovativa que ordena a la UNSE (Universidad Nacional de Santiago del Estero) se abstenga de seguir descontando del sueldo de G.B. el monto destinado a la Caja Complementaria para el Personal de la UNSE en virtud de las resoluciones N° 131/04, art. 5° y 162/05,

arts. 1° y 2°, dictadas por el Honorable Consejo Superior (HCS) de la mencionada Casa de Estudios mientras dure la sustanciación de la acción a deducirse oportunamente.

Manifiesta la UNSE en su memorial de agravios que obra a fs. 55/60

vta. que la cautelar que la actora solicita se basa en la ilicitud o invalidez constitucional del acto administrativo que crea la Caja Complementaria.

Señala que tal acto administrativo es perfectamente legal y carece de cualquier viso de arbitrariedad, el cual deberá ser reexaminado desde la libre adhesión expresada por el afiliado. Que el régimen de complemento a las jubilaciones y pensiones deviene de diversas resoluciones emanadas del HCS y no sólo de USO OFICIAL

las resoluciones 131/04 y 162/05 como erróneamente sostiene la actora.

Agrega que subsumir la cuestión planteada del funcionamiento del régimen a sólo dos resoluciones significaría desconocer la complejidad del problema. Aduce que la reclamación administrativa de la actora ha sido realizada en forma extemporánea. Señala que un mes antes de esta presentación ya se encontraba en funcionamiento una Comisión Organizadora designada al efecto de terminar de implementar los detalles atinentes al funcionamiento de la Caja Complementaria. Invoca las Resoluciones 140/07 y 127/08 por la que se aprueba el Reglamento para elección de las autoridades y proclama las autoridades elegidas, respectivamente. De allí se desprende que al día del requerimiento de la medida cautelar de innovar, la Caja Compensadora de la UNSE se encontraba con todas las autoridades constituidas y en funcionamiento, por lo que considera totalmente abstracto lo solicitado por la accionante. En definitiva, la UNSE pide se deje sin...

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