Barajar y dar de nuevo: cinco grandes cambios en el sistema de riesgos laborales

El sistema de riesgos laborales está atravesado por vientos de cambio, que van más allá de la nueva ley ?la 26.773? vigente desde anteayer.Hay al menos cinco cuestiones que modifican el escenario; la primera tiene que ver con el aspecto que por ocho años mantuvo en jaque al régimen de la ley 24.557, aprobada en 1996: la judicialidad. La nueva norma dispone que el trabajador que acepte la indemnización prevista por ley no podrá llevar a juicio a su empleador. Para que se tome la decisión de cuál de las dos vías se tomará (administrativa o judicial), la ART deberá notificar dentro de los 15 días del fallecimiento o de la determinación de incapacidad, cuál es el monto correspondiente.La segunda cuestión es que esas indemnizaciones serán más altas ?en promedio un 43%? y ya no habrá rentas mensuales, sino un pago único al trabajador o sus derechohabientes. La suba favorece más a los salarios más bajos, porque se eleva el piso del monto que surge de aplicar una fórmula en la que se incluyen el salario y la edad del afectado: en una muerte, la base pasa de $ 180.000 a unos $ 390.000 más un 20%, es decir, unos $ 468.000. Si es un caso de incapacidad, los montos garantizados...

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