Los bancos deben cerrar las cajas en dólares de la era del cepo

Los bancos tendrán 90 días para dar de baja definitivamente las cajas de ahorro abiertas en tiempos del cepo cambiario para que los que recibían autorización oficial para comprar dólares, y procedían a adquirirlos sin pagar el recargo impositivo que habilitaba a disponer de los billetes en lo inmediato, dejaran depositado ese dinero por un año.

Se trata de las cajas de ahorro específicamente creadas para ese atesoramiento por la circular A 5526 del BCRA, que complementaba las "condiciones de acceso al mercado local de cambios de personas físicas para la formación de activos externos". En ellas, hasta fin de julio, se mantenían depositados unos 54 millones de dólares. Ese dinero, ahora, los bancos tendrán que transferirlo a otras cuentas en dólares de esos clientes antes de proceder a darlas de baja definitivamente.

Pero en el caso de que el cliente no tenga otra cuenta en dólares a su nombre en esa entidad, "ésta deberá comunicarle -dentro de los 30 días corridos- que cumplido el plazo de 90 días corridos procederá, de expresar el cliente su conformidad, a abrirle una caja de ahorros en esa moneda (informando su costo de mantenimiento) y a transferirle los fondos" o que contará con ese plazo para hacer un retiro por caja.

Y en los casos en que la entidad no obtenga la mencionada conformidad del cliente y que éste -además- no se hubiera presentado a retirarlos, "el saldo deberá ser transferido a saldos inmovilizados", estipula la norma.

Varias motivaciones

La obligación de avanzar hacia el cierre de estas cuentas quedó establecida en la comunicación A6305 que publicó el último viernes el BCRA. Desde ese...

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