BANCO DE VALORES S.A.

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33144

BANCO DE VALORES S.A.

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº 52, del 15/04/2015, se resolvió ampliar el objeto social, modificando el articulo segundo del Estatuto Social, a fines de que la sociedad pueda realizar las siguientes actividades: actuar como Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la LEY Nº 26.831 y su Decreto REGLAMENTARIO Nº 1023/13 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), sus complementarias y modificatorias, por lo que podrá actuar como intermediario en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores; actuar como Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), y sus complementarias y/o modificatorias, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes; actuar como Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), y sus complementarias y/o modificatorias, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de Negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. Como Agente de Liquidación y Compensación podrá recibir y custodiar fondos y/o valores negociables de clientes propios, de Agentes de...

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