Banco de la Nacion Argentina C/zanetti Fernando S/proceso de Ejecucion

Fecha de disposición06 Julio 2007
Fecha de publicación06 Julio 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31191

Id.), con más las inhabilitaciones del art. 876 Id.

inc. 'e' por el tiempo de la condena, 'f', y 'h' Id., en concordancia con el Art. 1026, inc. b) Id. y sin perjuicio de las sanciones que correspondan en sede aduanera, y las costas del juicio.

  1. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 30 de noviembre de 2010; y diez días para el pago de las costas del juicio.

  2. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  3. REMITIR a WALTER VENTURA DURAND al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.

  4. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntándose Pasaporte y C.I.Bol. N° 3.513.598 y 44900171K de WALTER VENTURA DURAND y demás documentación personal del nombrado, art.

    171 ley 24660, dejándose fotocopia certificada en autos; y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí, EFRAIN ASE, secretario.

    e. 06/07/2007 N° 550.396 v. 06/07/2007 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

    FALLA:

  5. CONDENAR a JOSE LUIS TORRICO ESPINOZA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISIÓN y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal; por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. 'c', ley 23.737. Con costas.

  6. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 25 de JUNIO de 2010; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  7. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.IV. REMITIR al nombrado al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo, postergándose su traslado hasta dos meses después del nacimiento de su hijo, según constancia médica obrante a fs.102.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, remitiendo C.I.Bol. N° 7908147 a nombre de JOSE LUIS TORRICO ESPINOZA, dejándose fotocopia certificada en autos, art. 171 ley 24.660, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones.

    RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí, EFRAIN ASE, secretario.

    e. 06/07/2007 N° 550.395 v. 06/07/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

    FALLA:

    1. ). CONDENANDO a Lucas SUÁREZ NAZARIO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS Y UN MES DE PRISIÓN, y de Multa de Pesos Doscientos Veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta que establece el art. 12 del C.P., por resultar el nombrado autor responsable del delito de Transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5° inc. 'c' de la ley 23.737, con más las costas del juicio.

    2. ) FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 11 de agosto de 2.010, y diez días para el pago de las costas del juicio.

    3. ). ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

    4. ) REMITIR a Lucas SUÁREZ NAZARIO al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.5°) NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia.

    5. ) MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Hugo Marcelo Savio, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Efraín Ase, secretario.

    e. 06/07/2007 N° 550.423 v. 20/07/2007 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL de JUJUY,

    FALLA:

  8. CONDENAR a Fausto ROJAS CARDOZO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años de prision y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el arrt. 5° inc.

    'C' de la ley 23737, con mas la inhabilitacion absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del código penal. Con costas. Remitiendolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.

  9. COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el dia 16 de mayo de 2.009 y diez dias para el pago de multa y costas del juicio.

  10. DISPONER: La destruccion del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervencion de la autoridad sanitaria federal.

  11. ORDENAR Que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectue el día 19 de diciembre de 2.006 a hs. 12:00, en la sede de este Tribunal (art. 400 CPPN).

  12. MANDAR que psor Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinenetes. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.

    e. 06/07/2007 N° 550.419 v. 20/07/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    1. ) CONDENAR a Vicente Rodríguez Cruz, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATROAÑOS de prisión y multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el artículo 5° inciso 'C' de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carceleria a su cargo.

    2. ) COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 12 de Febrero de 2010, y diez días para el pago de la multa y costas del juicio.

    3. ) DISPONER la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

    4. ) ORDENAR que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 6 de Diciembre de 2006, a horas 12.00, en la sede de este Tribunal (artículo 400 C.P.P.N.).

    5. ) MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario. e. 06/07/2007 N° 550.414 v. 20/07/2007 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,

    FALLA:

  13. CONDENAR a RENZO ALEXIS BRAVO ALEGRE, de las calidades personales obrantes en autos , a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de PRISIÓN, inhabilitación...

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