Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA CIVIL, 24 de Abril de 2019, expediente FGR 000518/2018

Fecha de Resolución24 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. N°: FCR 518/2018

Comodoro Rivadavia, de abril de 2.019.-

Estos autos caratulados “BANCO DE LA

NACION ARGENTINA c/ NAHUIN EDUARDO ABEL s/ COBRO DE

PESOS/SUMAS DE DINERO”, en trámite ante esta Alzada bajo el N. º FGR 518/2018, provenientes del Juzgado Federal de Río Gallegos.

Y CONSIDERANDO:

  1. Vuelven estas actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud de lo dispuesto en el punto 2) del resolutorio de la Sent. Int. Nº 591/18 que fuera pronunciada por ésta Alzada.

  2. Al respecto, surge de la lectura de autos, que la presente acción es iniciada por el Banco Nación Argentina ante el Juzgado Federal de Río Gallegos por el cobro de pesos por deuda de tarjeta de crédito “Visa” contra el Sr. N..

    Que, atento al domicilio constituido por el demandado y con fundamento en el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, se remitieron estas actuaciones al Juzgado Federal de Zapala para su tratamiento, suscitándose una contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal de Río Gallegos y el Juzgado Federal de Zapala.

    Con la finalidad de dirimir la cuestión, se elevaron los autos a esta Cámara Federal de Apelaciones, a fin de establecer el Juzgado que deberá

    entender en la causa.

    Cabe mencionar que, oportunamente este Tribunal, mediante la sentencia que obra a fs. 107/108vta.,

    intimó a la accionante para que en el término de 20 días de notificada la misma, justifique el domicilio del Sr.

    E.A.N. a los fines de determinar la jurisdicción en la que deberá quedar radicada la causa.

    Dando cumplimiento con dicha manda judicial, la entidad bancaria acompañó un informe del que se desprende que el domicilio informado para el envío de los resúmenes de las tarjetas de crédito es el situado en calle P.N. 116-9015 de la ciudad de P. Truncado, mientras que, según la inscripción de AFIP, el Fecha de firma: 24/04/2019

    Alta en sistema: 24/05/2019

    Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

    domicilio es en Gobernador Gregores Nº 1331-9015- de la ciudad de P. Truncado.

    Es por ello que este Tribunal, en concordancia con lo propiciado por el Sr. Fiscal General Interino, ordenó llevar a cabo la pertinente diligencia policial para corroborar si el demandado reside en los domicilios detallados ut supra; disponiendo a tal fin, su remisión al Juzgado Federal de Río Gallegos.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR