Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 14 de Diciembre de 2018, expediente FLP 017192/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 13 de diciembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 17192/2018/CA1, S.I., “BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/ LA POSADA DEL ENCUENTRO S.A. s/ EJECUTIVO”, procedente del Juzgado Federal de Junín, Secretaría Civil; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La sentencia.

    Llegan las actuaciones a esta alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos por los letrados de la parte actora a fs. 140/142, y por la demandada a fs. 144/146 y vta., contra la sentencia de fs. 130/132 por la cual el a quo resolvió mandar llevar adelante la ejecución incoada por el Banco de la Nación Argentina contra “La Posada del Encuentro S.A.” hasta tanto haga íntegro el pago de la suma reclamada de $244.898, con más lo que resulte por intereses devengados desde la fecha de mora acaecida respecto de cada una de las cartulares que indica, hasta el efectivo pago. Impuso las costas a la accionada vencida y reguló

    honorarios.

  2. Los recursos.

    1. Los letrados del Banco de la Nación Argentina apelaron por bajos los honorarios regulados en su favor, solicitando se eleven sus emolumentos.

    2. Los agravios de la demandada pueden resumirse así: a) el banco actor carece de legitimación activa ya que los cheques cuyo pago se reclama en autos fueron librados “al portador” y endosados y depositados al cobro por terceras personas ajenas a la entidad actora, lo cual impone sostener que su ejecución es sin causa o sin legitimidad; b) no hay en las cartulares una sola referencia al banco actor, y no existe cadena de endosos que permita una ilación en los tenedores de los cheques reclamados; c) el juzgador rechazó la producción Fecha de firma: 14/12/2018 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #31422419#223819211#20181214093021453 de la prueba ofrecida por la demandada, dando por válida la documentación acompañada por la actora; d) atento no haber sido intimada de pago en forma fehaciente, los intereses deberán aplicarse desde la fecha de dicha notificación.

    La actora contestó los agravios a fs.

    149/153.

  3. Tratamiento de la cuestión.

    1. El recurso de la demandada.

      1.1. Conforme se desprende del escrito de inicio y de las demás constancias obrantes en autos, el Banco de la Nación Argentina promovió demanda ejecutiva contra “La Posada del Encuentro S.A.” por un monto de $244.898, con más la suma que resulte por intereses devengados desde las diversas fechas de...

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