Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 26 de Noviembre de 2018, expediente FTU 714001/1998/CA001

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA LEYES ESPECIALES (CIVIL)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 714001/1998 -BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ HECTOR CECILIO GOMEZ Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA.- JUZGADO FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO.-

S.M. de Tucumán, 26 de Noviembre de 2018.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del banco actor a fs. 310, y CONSIDERANDO:

Que vienen las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor a fs. 310 contra el pronunciamiento de fecha 4 de diciembre de 2017 obrante a fs.

305. Expresados los agravios a fs. 311/312, queda la causa en estado de ser tratada y resuelta.

Conforme surge de autos el actor, Banco de la Nación Argentina, promovió ejecución hipotecaria ante el Juzgado Federal de Santiago del Estero, por la suma de U$S 50.000 con más los intereses, gastos y demás accesorios pactados, contra los Sres.

H.C.G. y M.Á.H.G., domiciliados en la Localidad de G.P. de Denis, Santa Fe.

A fs. 37/51 se encuentra adjuntada copia de Escritura Pública N° 58 donde consta que el contrato de mutuo con garantía hipotecaria fue celebrado en fecha 10/06/94 en la Ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe y que la deuda proviene de un préstamo en dinero otorgado a los demandados, con Hipoteca en Fecha de firma: 26/11/2018 Alta en sistema: 27/11/2018 Firmado por: M.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.M.S., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA #3091415#221940910#20181126122539603 Primer Grado de Privilegio sobre inmueble rural ubicado en Los Saladillos, Departamento 9 de Julio, Santa Fe.

Mediante el decreto de fecha 04/12/17, el señor Juez Federal de Santiago del Estero, Dr. G.M., dispuso en lo pertinente: “…Surgiendo de las constancias de autos el fallecimiento de los demandados H.C.G. y M.Á.H.G., teniendo presente el criterio sustentado in re “Banco de la Nación Argentina c/ Gregorio Del Pino s/

Ejecución hipotecaria, Expte N° 5026/94, en fallo de fecha 13/04/15 y las constancias que resultan de la documental obrante a fs. 300/303 acerca de la apertura de los juicios sucesorios de los mismos por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Tostado de la Provincia de Santa Fe, remítase la presente causa a sus efectos, en razón del fuero de atracción…”

Disconforme con tal pronunciamiento, apeló el banco actor y a fs. 311/312 se agravió de lo dispuesto por considerar que la voluntad de las partes es ley que debe ser respetada por las mismas, por sus sucesores y eventualmente por los jueces.

Asimismo, esgrime que en el contrato de mutuo las partes se sometieron voluntariamente a la Justicia Federal de Santiago del Estero para el supuesto de ejecución judicial.

Concedido el recurso y elevadas las actuaciones a este Tribunal, se debate ahora si la ejecución...

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