Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 6 de Febrero de 2018, expediente CCF 003558/1997

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 3558/1997 BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ SPIROPULOS JUAN MARIO s/EJECUCION PRENDARIA Buenos Aires, 6 de febrero de 2018 VISTO: para decidir con respecto a la admisibilidad del recurso extraordinario articulado a fs. 714/22vta., replicado a fs. 732/40vta., contra la resolución de fs. 705/vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que esta Sala, en el referido pronunciamiento dejó firme lo decidido por el señor Juez de la anterior instancia, en cuanto rechazó los planteos articulados por el ejecutado en un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, con sustento en que ellos devenían extemporáneos e improcedentes, pues la providencia impugnada que hizo efectiva la intimación para que aquél depositara la suma de $ 1.079.993,87, producto de la liquidación aprobada, resultaba consecuencia directa de lo decidido con carácter firme, en tanto no mereció cuestionamiento por parte del interesado.

    A mayor abundamiento se añadió que cabía recordar que las diversas etapas del debate procesal tienen carácter preclusivo, a fin de garantizar la igualdad de las partes. Y que, habiendo quedado firme lo resuelto, en tanto no fue objeto de cuestionamiento alguno por el interesado en el estadio procesal oportuno, la decisión que le siguió, consistente en hacer efectivo el apercibimiento previsto, no es sino consecuencia de aquélla otra, aspecto que la torna inapelable, careciendo la Alzada de facultades revisoras.

    Por lo tanto que por resultar claro que lo que se somete a examen del Tribunal es la consideración de la efectivización del apercibimiento, lo cual resulta irrecurrible, puesto que ello constituye una derivación lógica de la providencia de intimación la que por encontrarse firme, impide su tratamiento en esta instancia y corresponde...

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