Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 24 de Mayo de 2016, expediente FCB 021020199/2000/CA001 - CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ RODRIGUEZ, A.G. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA”

En la Ciudad de Córdoba a días del mes de del año dos mil dieciséis , reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ RODRIGUEZ, A.G. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA”

(Expte. N° 21020199/2000/CA1-CA2 ), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud de: a) el recurso de apelación e incidente de caducidad interpuesto por la parte actora, en contra de la providencia de fecha 30 de Abril de 2015 (fs. 122), dictada por el señor Juez Federal Nº

2 de Córdoba en cuanto dispuso: “…En vista de lo resuelto por la Alzada a fs. 112/117 y luego de efectuar un estudio de autos, el Suscripto advierte que el recurso de apelación interpuesto por la demandada ha sido oportunamente concedido a fs. 77 y fs. 79, siendo que a fs. 82 se dispone el traslado de agravios expresados por el apelante. Habiendo sido notificado dicho traslado con fecha 20/03/2014 (ver fs. 91), no obra autos presentación alguna realizada por la actora a tal fin. Ello así, dese por decaído el derecho dejado de usar por parte del BNA. Firme el presente, procédase a la elevación de la causa por ante el Superior a sus efectos. Notificación en la oficina” ; y b) el recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2013 que dispuso h acer lugar el incidente de caducidad de instancia planteado por el Banco de la Nación Argentina y, en consecuencia, declaró perimido el incidente de nulidad planteado en su contra por los Sres. A.G.R. y María del

  1. Ponce de León (ver fs. 74/75 de autos).

    Fecha de firma: 24/05/2016 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #8800705#153300202#20160516123307511 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ RODRIGUEZ, A.G. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA”

    Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: GRACIELA S.

    MONTES I- IGNACIO MARIA VELEZ FUNES- EDUARDO AVALOS.-

    La señora Juez de Cámara, doctora G.S.M., dijo:

    I- Llegan los presentes autos a esta instancia en virtud de : a) el recurso de apelación e incidente de caducidad interpuesto por la parte actora, en contra de la providencia de fecha 30 de Abril de 2015 (fs. 122), dictada por el señor Juez Federal Nº

    2 de Córdoba en cuanto dispuso: “…En vista de lo resuelto por la Alzada a fs. 112/117 y luego de efectuar un estudio de autos, el Suscripto advierte que el recurso de apelación interpuesto por la demandada ha sido oportunamente concedido a fs. 77 y fs. 79, siendo que a fs. 82 se dispone el traslado de agravios expresados por el apelante. Habiendo sido notificado dicho traslado con fecha 20/03/2014 (ver fs. 91), no obra autos presentación alguna realizada por la actora a tal fin. Ello así, dese por decaído el derecho dejado de usar por parte del BNA. Firme el presente, procédase a la elevación de la causa por ante el Superior a sus efectos. Notificación en la oficina” ; y b) el recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2013 que dispuso h acer lugar el incidente de caducidad de instancia planteado por el Banco de la Nación Argentina y, en consecuencia, declaró perimido el incidente de nulidad planteado en su contra por los Sres. A.G.R. y María del

  2. Ponce de León (ver fs. 74/75 de autos).

  3. Se agravia la parte actora mediante Fecha de firma: 24/05/2016 agregado a escrito fs. 123/125vta., por cuanto el proveído atacado, da Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #8800705#153300202#20160516123307511 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ RODRIGUEZ, A.G. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA”

    por decaído el derecho dejado de usar por el BNA y procede a la elevación de los presentes actuados a los fines de resolver el recurso de apelación articulado por la demandada a fs. 77 y 79 de autos. Entiende la accionante que dicha providencia obsta a la prosecución del juicio principal hasta tanto haya sido resuelto dicho recurso. Asimismo, y para el caso que esta Alzada ratifique el proveído de fecha 30/04/15, plantea incidente de caducidad de instancia alegando que el último acto de impulso procesal relativo a la apelación interpuesta por el accionado, fue el decreto del día 07/05/14, por lo que considera que transcurrió con creces el plazo previsto en el art. 310, inc. 2 del CPCCN.

    Corrido el traslado de ley, la parte demandada contesta mediante escrito agregado a fs. 127/vta. de autos, solicitando se rechace el recurso de apelación y la caducidad interpuesta, ambos en forma subsidiaria, con costas a la recurrente.

  4. Por...

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