Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 14 de Diciembre de 2015, expediente FCB 035955/2013/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA CIVIL II – SALA B Autos: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ AGUIRRE, L.N. s/EJECUCIONES VARIAS”

En la ciudad de Córdoba, a catorce días del mes de Diciembre del año dos mil quince, reunidos en Acuerdo de Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ AGUIRRE, L.N. s/EJECUCIONES VARIAS

(Expte. N°: 35955/2013) venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por la representante del Banco de la Nación Argentina a fs. 25/26, en contra del proveído de fecha 19 de septiembre de 2014 dictado por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N°1.-

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: A.G.S. TORRES – L.N. –L.R.R..-

El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T., dijo:

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por la representante del Banco de la Nación Argentina a fs. 25/26, en contra del proveído de fecha 19 de septiembre de 2014 dictado por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N°1 (fs.24), por medio del cual resolvió rechazar el planteo de la ejecutante por aplicación del art. 141 del CPCCN, manteniendo lo proveído a fs. 22, consistente en que se libre oficio a la Secretaría Electoral a los fines de que informe el último domicilio que registra el demandado.

  2. Surge de lo actuado que el B.N.A. inicia demanda ejecutiva en contra de la Sra. L.N.A. con fundamento en el Pagaré a la Vista N°6124057 por la suma de $6.804,27, suma que resulta de descontar pagos parciales realizados por la ejecutada respecto del monto original ($11.500).

    Con fecha 12/3/2014 (fs. 12) el juez A quo ordena librar mandamiento de ejecución y embargo.

    A fs. 20/21 la ejecutante acompaña oficio de requerimiento de pago diligenciado, solicitando, en virtud de haber vencido los plazos para que la demandada oponga excepciones, el decaimiento del derecho dejado de usar por la misma.

    A fs. 22 mediante proveído de fecha 3/7/2014 el magistrado interviniente ordena librar oficio a la Secretaría Electoral a los fines de que informe el último domicilio que registra el demandado, previo a resolver lo requerido por el B.N.A. A fs. 23 la accionante solicita se aclaren los motivos por los cuales se ordena oficiar a la Secretaría Electoral.

    Fecha de firma: 14/12/2015 Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO BARROS, SECRETARIO DE CAMARA Finalmente, el A quo dicta el proveído recurrido en el cual rechaza lo planteado por el B.N.A. por aplicación del art. 141 del CPCCN. En contra del mismo, la actora interpone recurso de reposición con apelación en subsidio (fs. 25/26), rechazado el primero, se concede el...

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