Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 13 de Octubre de 2016, expediente COM 011715/2001/CA001

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 11715 / 2001 BANCO LINIERS SUDAMERICANO S.A. c/ T.S.O. s/EJECUTIVO Buenos Aires, 13 de octubre de 2016.-ai Y VISTOS:

Conforme el monto comprometido en la presente litis, calculado a la fecha de la resolución de primera instancia que fija los estipendios, atento las etapas efectivamente cumplidas y meritando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, se elevan a un mil cien pesos los honorarios regulados a fs. 108/109 a favor del doctor E.E.R.. (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839, modif. por la ley 24.432).

A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta (30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera...

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