Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 15 de Septiembre de 2017, expediente COM 031870/2004/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación BANCO ITAU BUEN AYRE S.A. c/ RENKO GUSTAVO ANDRES s/EJECUTIVO Expediente N° 31870/2004/CA1 Juzgado N° 2 Secretaría N° 200 Buenos Aires, 15 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada subsidiariamente por la parte actora la providencia de fs. 171 –mantenida a fs. 174/179- en cuanto desestimó su pretensión de obtener la capitalización de acrecidos.

Considera el recurrente que si bien nada se dijo respecto de la capitalización de intereses, teniendo en cuenta la doctrina sentada por los fallos plenarios “Uzal” y “Calle Guevara” y lo previsto por el art. 1398 del código civil y comercial (art. 795 código de comercio), aquélla no requeriría expreso reconocimiento en la sentencia de trance y remate para que sea procedente.

  1. El recurso no puede prosperar.

    En efecto: la capitalización de los réditos no fue contemplada en la sentencia de trance y remate dictada a fs. 76, decisión que se encuentra firme y pasada en autoridad de cosa juzgada.

    En tales condiciones, cabe desestimar la revisión que de modo elíptico de aquella se pretende mediante el planteo recursivo.

    Es que la estabilidad de las sentencias judiciales constituye un presupuesto ineludible de la seguridad jurídica, sin la cual no hay en rigor orden jurídico (CSJN, "F. martínez c/ Minettti y Cía.", 29/10/91) (en tal sentido, Sala A, “Banco del Buen Ayre SA c/Burgos L.A. y otros s/ejecutivo”, 15.12.2009).

    De todos modos, y aun cuando pudieran tenerse por superados tales óbices, lo cierto es que la pretensión de obtener la capitalización en función de lo dispuesto en el art. 795 del código de comercio –vigente al momento de Fecha de firma: 15/09/2017 Alta en sistema: 18/09/2017 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado(ante mi) por: RAFAELBANCO ITAU BUEN AYRE DE CÁMARA GUSTAVO ANDRES s/EJECUTIVO Expediente N° 31870/2004 F. BRUNO, SECRETARIO S.A. c/ RENKO #22558591#188391623#20170914104303535 demandar y al de expedición del certificado en ejecución-, tampoco podría ser admitida.

    Así cabe concluir en función...

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