Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 11 de Noviembre de 2014, expediente COM 047689/2010

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación BANCO ITAU ARGENTINA S.A. c/ TORREGIANI CRISTIAN JAVIER Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N° 47689/2010/CA1 Juzgado N° 24 Secretaría N° 48 Buenos Aires, 11 de noviembre de 2014.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 206, por medio de la cual la señora juez de primera instancia se declaró incompetente para conocer en las presentes actuaciones, en consideración a que el codemandado C.J.T. tiene su domicilio real en extraña jurisdicción.

  1. A fs. 209 apeló el ejecutante y sostuvo su recurso con el memorial de fs. 211/213.

    A fs. 219 fue oído el Sr. fiscal general.

  2. Se adelanta que, con el alcance que seguidamente se expondrá, el USO OFICIAL recurso será admitido.

    Por evidenciarse en la especie una relación de consumo -lo que puede inferirse prima facie de las constancias habidas en el expediente, cabe hacer operativo aquí el criterio expuesto por esta Sala por resolución del 12.6.09 in re "Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Nuevo Siglo Ltda. c/Almeida, A.M. s/ejecutivo" (v. también Sala proveyente, 12.10.10 en "Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados c. B., R.C. s. ejecución prendaria").

    A ello se añade ahora una aplicación por clara analogía de lo decidido por esta Cámara al dictar la resolución plenaria –que se comparte- en autos “Autoconvocatoria a plenario s/ Competencia del fuero comercial en los supuestos de ejecución de títulos cambiarios en que se invoquen involucrados derechos de consumidores” del 29.6.11.

    Ahora bien, los dos sujetos libradores del pagaré –quienes revisten la calidad de consumidores en los términos de la normativa a la que se alude en los precedentes citados, circunstancia no controvertida por el actor-, han sido demandados en autos.

    Mientras la Sra. L.C. se encontraría domiciliada en esta ciudad, el Sr. T. reside en la localidad de San Isidro –Partido homónimo-, de la Pcia. de Buenos Aires.

    Fecha de firma: 11/11/2014 Firmado por: MACHIN - GARIBOTTO - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO)

    Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA BANCO ITAU ARGENTINA S.A. c/ TORREGIANI CRISTIAN JAVIER Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N° 47689/2010 Poder Judicial de la Nación En tales condiciones, corresponde confirmar la resolución apelada en el sentido que no es competente el juez para intervenir en el proceso seguido contra el codemandado T..

    Ello, sin perjuicio de que -por tratarse de un litisconsorcio pasivo facultativo- el recurrente podrá optar por...

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