BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Fecha de disposición25 Marzo 2015
Fecha de publicación18 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33131

25/3/2015

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, con el objetivo de dotar de mayores controles al proceso de validación de las transferencias cursadas a través de la Cámara Electrónica de Compensación de Bajo Valor (CEC BV), en el ámbito de la Comisión Interbancaria de Medios de Pago de la República Argentina (CIMPRA), se encuentra en tratamiento y desarrollo el proyecto de incorporación de controles centralizados de coincidencia entre la identificación del beneficiario y el de los titulares de las cuentas receptoras.

En relación con el avance del proyecto, el 27.03.15 se iniciará la etapa de aplicación de controles sin rechazos sobre las transferencias, y se aplicará la identificación de las transferencias judiciales.

Al respecto, se especifican en anexo las modificaciones a las instrucciones operativas de las transferencias cursadas a través de la CEC BV, que tendrán vigencia a partir de dicha fecha, las cuales serán oportunamente incorporadas en el pertinente ordenamiento.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

SEBASTIÁN HERNÁNDEZ, Subgerente de Vigilancia de Pagos y Valores. — LUIS D’ORIO, Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuentas Corrientes.

ANEXO

B.C.R.A.Anexo a la Com. “B” 10980

  1. Información del beneficiario en las transferencias.

    En función del control de la correspondencia entre la identificación del beneficiario informado en las transferencias cursadas a través de la CEC BV y los titulares de las cuentas receptoras, se han modificado las especificaciones técnicas del campo utilizado para cargar los datos del beneficiario, restringiendo los posibles datos a CUIT, CUIL o CDI.

    Para ello, se ha reformulado la definición del campo 8 - Identificación del cliente beneficiario del Registro individual de transferencias y devoluciones de órdenes de transferencias.

    Siendo la longitud total del campo de 22 caracteres, de la posición 55 a la 76.

  2. Base de titulares de cuentas.

    Las entidades financieras que participan de la compensación electrónica deberán proporcionar a la CEC BV, una base de titulares de cuentas con los respectivos CUIT, CUIL o CDI.

    A fin de sustentar la verificación proyectada en el tiempo es menester que la información de titulares de cuentas se mantenga sincronizada en forma permanente y en línea con todas las novedades que acontezcan en las entidades.

    Bajo esta premisa y con el fin de facilitar la...

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