BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Fecha de la disposición13 de Febrero de 2015

13/2/2015

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Reemplazar las normas sobre “Documentos de identificación en vigencia” por las contenidas en el anexo a la presente comunicación.

  1. Establecer que las personas de hasta 75 años de edad al 31.12.14 podrán acreditar su identidad ante las entidades financieras y cambiarias mediante la presentación de documentos de confección manual (Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento o Documento Nacional de Identidad manual) hasta el 30.06.15, salvo resolución en contrario del Registro Nacional de las Personas respecto de la vigencia de esos documentos.”

Les informamos que oportunamente se publicarán las hojas que corresponda incorporar en los textos ordenados en los que se haga referencia a las normas sobre “Documentos de identificación en vigencia” con sus correspondientes adecuaciones. Además, atento a lo dispuesto mediante la Comunicación “A” 5709, en esa oportunidad les haremos llegar la actualización del texto ordenado de las normas de la referencia.

Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “normativa” (“textos ordenados”), se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

MATÍAS A. GUTIÉRREZ GIRAULT, Gerente de Emisión de Normas. — DARÍO C. STEFANELLI, Subgerente General de Normas A/C.

ANEXO

B.C.R.A.TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE “DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN EN VIGENCIA”

—Índice—

Sección 1 Para argentinos.

1.1. De hasta 75 años al 31.12.14.

1.2. Mayores de 75 años al 31.12.14 y los incapaces declarados judicialmente.

Sección 2 Para extranjeros.

2.1. De hasta 75 años al 31.12.14.

2.2. Mayores de 75 años al 31.12.14 y los incapaces declarados judicialmente.

2.3. Funcionarios internacionales y representantes y funcionarios diplomáticos.

Sección 3 Verificación vinculada con los documentos de identidad.
Sección 4 Disposiciones transitorias.

Tabla de correlaciones.

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