BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Fecha de la disposición 8 de Enero de 2015

8/1/2015

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173),

A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Nos dirigirnos a Uds. para comunicarles la creación de un nuevo requerimiento informativo a ser cumplimentado por los sujetos definidos en el punto 1.1. de la Sección 1. de las normas sobre “Asistencia crediticia a proveedores no financieros de crédito”, en ocasión de solicitar su inscripción en el Registro de la referencia, así como cuando corresponda la modificación de los datos oportunamente remitidos.

El requerimiento deberá ser cumplimentado tanto por las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra ya inscriptas en el registro oportunamente reglamentado por los términos de la Comunicación “A” 2389, como por las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y los otros proveedores no financieros de crédito que habiendo presentado la documentación aún se encuentra pendiente la inscripción definitiva, y por aquellos que soliciten la inscripción por primera vez. Se deberá remitir una nota suscripta por el representante legal de la entidad o por persona autorizada con poder suficiente a tal efecto, según lo establezcan sus estatutos, dirigida a la Superintendencia de Entidades...

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