Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 23 de Febrero de 2009, expediente 21.920/90

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2009

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SUAREZ, MIGUEL

ANGEL Y OTRO S/ EJECUTIVO

21920/90 Juzg. 10 S.. 20 14-15-13

Buenos Aires, 23 de febrero de 2009.

Y VISTOS:

  1. La suma por la que se dedujo la ejecución en concepto de capital debidamente repotenciado según las pautas de la sentencia de fs. 37 -$ 2.360,85, v.

    liquidación que se acompaña a la presente-, no supera el monto mínimo de apelabilidad del Cpr. 242 -texto según ley 23.850-, que asciende a $ 4.369,67 (v. C.S.J.N., "C.,

    A.", del 7/3/2000, Fallos 323: 311 y L.L. 1/3/2001).

    Destácase que a los fines previstos por el precepto legal citado, el valor cuestionado en el proceso "se determinará atendiendo exclusivamente al capital reclamado en la demanda, actualizado si correspondiere", por lo que corresponde excluir el cómputo de los intereses reclamados y otros rubros (cfr. CNCom,

    Sala E, "C., M. c/ Consorcio Propietario Sarmiento 1182/90 s/ sumario", del 7/10/94; íd. "Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A. c/ Gandolfo, E.E. s/

    sumario", del 26/3/01, entre otros).

    Por ende, la acción se encuentra sujeta a instancia única, estando vedada la intervención de Alzada (cfr. CNCom, S. E, "Banco Liniers Sudamericano S.A.", del 10/9/97; C.. Civil y Com., S.I.,

    "Organización...

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